La primavera terminó y en el Mediterráneo, en especial en nuestra Comunitat, ya hemos entrado de lleno en el verano meteorológico y climático. Esto implica ... que las temperaturas durante todo el día no bajarán, en muchos casos, de los veinte grados y que durante las horas centrales podemos sentir una sensación térmica de, aproximadamente, cuarenta grados. Por supuesto, esto no resulta ninguna novedad en los últimos tiempos, pues en el Levante español siempre hemos disfrutado o sufrido, depende de cómo lo quieran ver, de este tipo de temperaturas.
Sin embargo, la conciencia por las personas trabajadoras que continúan prestando sus servicios durante el verano y, en particular, aquellas que lo hacen al aire libre, sí que ha cambiado y mucho. Es evidente que los riesgos laborales ocasionados por las condiciones climáticas son cada vez más plausibles. Debemos, entre todos, trabajadores, empresarios e investigadores, repensar el tiempo y la forma de trabajo durante los veranos españoles. Es cierto que la producción o la actividad de un país no se puede detener por completo durante un tiempo tan prolongado como son los meses de verano, ahora bien, la adaptación o suspensión de ciertas actividades laborales a determinadas horas del día supone cuasi una obligación para evitar males mayores.
A raíz, precisamente, de la tragedia de la dana sufrida el pasado mes de octubre en la comarca de l'Horta Sud, y de los riesgos derivados del clima para el conjunto de trabajadores, la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social celebró hace unos días en la Universitat de València su trigésimo quinto congreso anual titulado 'Tiempo de trabajo y cambio climático'. La ponencia principal fue a cargo del Catedrático de la Universitat de València, el Prof. Goerlich Peset, en la cual señaló con énfasis la apremiante necesidad de repensar el tiempo de trabajo ya en pleno Siglo XXI. Esto es, desde la academia y los poderes públicos es un asunto candente que necesita la implementación de medidas, no ya que solucionen de raíz pero que sí, al menos, palien la comprometida situación de muchos trabajadores en el verano.
Están encima de la mesa diferentes propuestas, entre las que destacan la reducción de la jornada laboral o la prohibición de realizar trabajos al aire libre en episodios de elevadas temperaturas. Concepto, en cualquier caso, bastante amplio además de indeterminado. En mayo del año 2023 se aprobó el Real Decreto - ley 4/2023 que, entre otras cuestiones, regula el aspecto de la prevención de riesgos laborales ante altas temperaturas. En dicha norma se establece que cuando se desarrollen trabajos al aire libre y en los lugares de trabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan quedar cerrados, deberán tomarse medidas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo temperaturas extremas.
Además, en referencia a las agencias meteorológicas autonómicas y estatal, señala que en el supuesto en el que se emita un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo, y las medidas preventivas no garanticen la protección de las personas trabajadoras, resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista. Evidentemente, el objetivo de la norma es garantizar la protección de los trabajadores, sin embargo, podríamos consensuar que se queda algo corta.
Apelar a la responsabilidad, sobre todo, de empresarios para proteger a sus trabajadores es más que una opción una obligación. Del mismo modo, existirán casos de trabajadores los cuales se arriesgarán a trabajar a temperaturas extremas con tal de terminar las tareas o faenas que les hayan previamente encomendado. Con las herramientas tecnológicas de las que disponemos, la flexibilidad horaria que permite adaptarnos a las condiciones climáticas o la realización de jornadas intensivas o teletrabajo estamos reduciendo, de algún modo, las probabilidades de padecer un accidente laboral derivado de las condiciones meteorológicas.
No existe una solución única que nos permita dar con la tecla en el conjunto del sistema productivo nacional, pero sí que tratando y dando cobertura, también legal, a este asunto se podrá avanzar en la manera de tratar un sempiterno problema que cada día más se acrecienta. Puede que en un futuro próximo transite de problema a impedimento, no en vano, la concienciación social sobre la protección laboral de los trabajadores ante los riesgos climáticos debe seguir ocupando una posición central en el debate público.
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