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Elecciones generales y autonómicas 2019 | Si el día de elecciones trabajo, ¿cuántas horas tengo libres para ir a votar?

Si el día de elecciones trabajo, ¿cuántas horas tengo libres para ir a votar?

Se puede solicitar un justificante si así se necesita

LAS PROVINCIAS

Valencia

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Jueves, 25 de abril 2019, 13:56

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El domingo 28 de abril se celebran las elecciones generales 2019 en España y también las elecciones autonómicas 2019 en la Comunitat Valenciana. Aunque es un día doblemente festivo (es domingo y encima cae en plena Semana Santa, en Domingo de Pascua), puede haber mucha gente que trabaje, por ejemplo los empleados de centros comerciales que abren en domingo. ¿Tienen horas libres para ir a votar? ¿Cuántas? La Administración del Estado o, en su caso, la de las Comunidades Autónomas que tengan atribuidas competencias en materia laboral, previo acuerdo con los Delegados del Gobierno respecto de los trabajadores por cuenta ajena y las Administraciones públicas respecto de su personal, adoptarán las medidas precisas para que los electores que presten sus servicios el día de las elecciones puedan disponer en su horario laboral de hasta cuatro horas libres para el ejercicio del derecho del voto, que serán retribuidas. Cuando el trabajo se preste en jornada reducida, se efectuará la correspondiente reducción proporcional del permiso.

En caso de personas que por estar realizando funciones lejos de su domicilio habitual o en otras condiciones de las que se deriven dificultad para ejercer el derecho de sufragio el día de las elecciones, las medidas precisas a adoptar irán encaminadas a que estas personas puedan votar por correo y cuenten para ello con permiso de hasta cuatro horas libres para poder solicitarlo siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 72 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Si necesitas justificar la ausencia del trabajo para ir a votar, se puede solicitar ese justificante ante la Mesa electoral el mismo día de la votación.

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