Retiran una pensión vitalicia de 3.000 euros a un albañil con cirrosis porque puede trabajar en otros oficios «exentos de tales esfuerzos»
El trabajador fue declarado en 2021 en situación de incapacidad permanente absoluta, condición que ha sido modificada
Mar Georga
Sábado, 25 de octubre 2025
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha logrado que los tribunales retiren una pensión vitalicia de 2.987 euros a un albañil diagnosticado de cirrosis hepática. La decisión llega después de que el trabajador, tras recibir un trasplante de hígado, experimentara una mejoría médica significativa. Según el fallo, aunque persisten limitaciones para realizar «esfuerzo moderados-importantes», puede desempeñar oficios más livianos o «exentos de tales esfuerzos físicos».
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El tribunal entiende que el albañil ya no se encuentra completamente incapacitado, por lo que no cumple los requisitos para mantener la incapacidad absoluta. La Seguridad Social ha argumentado que el trabajador conserva facultades suficientes para realizar tareas de carácter leve, y el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJ) ha respaldado esta postura, anulando así la resolución anterior que le reconocía la pensión vitalicia.
Del reconocimiento inicial a la revisión médica: la historia del caso
El origen de este caso se remonta a julio de 2021, cuando el INSS le reconoció al trabajador una incapacidad permanente absoluta debido a una cirrosis hepática con astenia severa. Sin embargo, tras dos revisiones médicas, la última en octubre de 2023, el organismo público modificó su grado y le reconoció solo una incapacidad permanente total, al constatar una evolución favorable después del trasplante de hígado realizado en junio de 2022.
El afectado recurrió la decisión ante el Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza, que en marzo de 2025 le devolvió el derecho a la pensión completa. No obstante, la Seguridad Social impugnó la sentencia y el alto tribunal aragonés ha terminado dándole la razón al organismo público. Considera que «tras el trasplante hepático se ha producido una notable mejoría en el estado del paciente», lo que es suficiente para rebajar el grado de incapacidad y anular la prestación mensual vitalicia de 2.987 euros.
El tribunal aclara los límites entre incapacidad absoluta y total
El informe médico de septiembre de 2023 ha sido clave para el veredicto. En él se ha constatado que el injerto hepático ha funcionado con normalidad, pese a que el afectado también padece de una enfermedad renal crónica. El documento determina que, aunque sigue presentando una «discapacidad para esfuerzos moderados o importantes», las secuelas actuales solo impiden realizar tareas de esfuerzo físico, pero no otras labores «exentas de tales esfuerzos o de carácter leve».
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El TSJ aragonés subraya que la incapacidad permanente absoluta solo se concede cuando una persona queda inhabilitada para todo tipo de trabajo. Por su parte, la incapacidad total se aplica a quienes no pueden continuar en su profesión habitual, pero sí desempeñar otras funciones más livianas. En este caso, el tribunal concluye que la mejoría médica permite al trabajador incorporarse a un empleo diferente, justificando así la retirada de la pensión vitalicia.
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