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Hacienda anuncia una nueva deducción fiscal de 1.150 euros para este grupo de personas

La Agencia Tributaria ofrece esta ayuda para los núcleos familiares que cumplan ciertas condiciones

Mar Georga

Viernes, 24 de octubre 2025, 00:51

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La Agencia Tributaria ha anunciado una nueva deducción de hasta 1.150 euros para todas aquellas personas que convivan con un familiar de 65 años o más. Se trata de una medida que busca aliviar la carga económica de quienes asumen el cuidado de sus mayores y fortalecer el apoyo intergeneracional dentro del hogar.

Si el ascendiente supera los 75 años, la ayuda puede alcanzar los 2.550 euros anuales, según confirman fuentes oficiales. Este beneficio no se percibe como una ayuda directa, sino como una reducción en la cuota del IRPF, es decir, se aplica durante la Declaración de la Renta y puede aumentar el importe a devolver.

Requisitos para acceder a la deducción de Hacienda

Para optar a esta ventaja fiscal, es necesario que el mayor haya convivido al menos seis meses al año con el contribuyente. Además, sus ingresos anuales no deben superar los 8.000 euros, excluyendo rentas exentas, y no puede haber presentado una declaración con un resultado superior a 1.800 euros.

La deducción puede aplicarse por cada persona mayor que cumpla los requisitos, incluyendo a quienes tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 33%, aunque sean menores de 65 años. Esto amplía considerablemente el número de posibles beneficiarios dentro del ámbito familiar.

Cómo solicitar la deducción en la Declaración de la Renta

El proceso para aplicar esta deducción es sencillo. Al elaborar la declaración, basta con incluir al ascendiente en las casillas correspondientes, siempre que se pueda acreditar la convivencia mediante certificado de empadronamiento o documentos similares. Hacienda recomienda revisar cuidadosamente los datos antes de presentar el formulario.

La deducción se aplica directamente sobre la cuota líquida estatal y autonómica, por lo que puede reducir el importe a pagar o aumentar el saldo a devolver. En caso de dudas, los contribuyentes pueden acudir a los servicios de ayuda de la Agencia Tributaria o consultar con un asesor fiscal.

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