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A. Gómez
Los asesores fiscales animan a las empresas a deducirse los gastos de la covid

Los asesores fiscales animan a las empresas a deducirse los gastos de la covid

Recomiendan acelerar el cobro de los bonus y la venta de viviendas antes de fin de año para eludir el aumento de los tramos más altos del IRPF previsto en los Presupuestos de 2021

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Jueves, 19 de noviembre 2020, 12:58

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Todas las empresas españolas han tenido que hacer un esfuerzo para adaptarse a las nuevas medidas de higiene por la covid-19 y, en muchos casos, al teletrabajo, por lo que los asesores fiscales piden que se apruebe una deducción en el Impuesto de Sociedades para que puedan reducir estos gastos. Así, el REAF, adscrito al Consejo General de Economistas, proponen establecer estas deducciones para facilitar la adaptación de muchas empresas a la nueva situación, ya que esos gastos han sido impuestos en muchas ocasiones por las administraciones públicas.

El presidente del CGE, Valentín Pich, reclamó «una muestra de cariño» para las empresas que continúan abiertas a pesar de la dificultad del momento en forma de deducción fiscal, rebajas del impuesto de actividades económicas o flexibilidad para disfrutar de beneficios fiscales vinculados a actuaciones que se han visto afectadas por la pandemia. Los ayuntamientos deberían hacer una rebaja del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) como mínimo por los meses en los que no ha habido actividad por los confinamientos, y del IBI. «Es algo tan evidente que da hasta vergüenza tener que pedirlo», lamentó Pich.

En un documento con 80 recomendaciones para ahorrar en la próxima declaración de la Renta, los expertos fiscales animan a acelerar el cobro de los bonus antes de fin de año y así eludir la subida de impuestos a las rentas más altas previstas en los Presupuestos de 2021. También recomiendan que se haga con otros ingresos de envergadura, como la venta de viviendas, y así rebajar la factura fiscal en la declaración de este año. En particular, recuerdan que a los contribuyentes que tienen rentas por encima de los 300.000 euros les puede convenir adelantar ingresos o rendimientos netos antes de que finalice el año, puesto que su gravamen en 2021 será dos puntos superior. Y lo mismo a quien esté pensando en transmitir algún activo con plusvalía o en recibir beneficios de la sociedad de la que sea socio y éstos vayan a superar los 200.000 euros, dado que los tipos del ahorro pasarán del 23% al 26% el año que viene.

En el mismo sentido, aconsejan subir las aportaciones a los planes de pensiones privados antes de que termine el año, ya que a partir del próximo el máximo umbral de disfrute de beneficios fiscales baja de los 8.000 euros actuales a 2.000.

También en materia de pensiones, el REAF recuerda que quien se jubilara en 2012 o en 2018, tenga un plan de ahorro previsional del que no haya cobrado prestaciones aún y quiera beneficiarse de un rescate en forma de capital con una reducción del 40%, el plazo máximo para hacerlo expira el 31 de diciembre.

Piden también una deducción a las empresas que estén creando empleo o vayan a hacerlo los próximos meses «proporcional al incremento de la plantilla» para fomentar la contratación directa. En el campo del empleo, el CGE recuerda que los trabajadores que se hayan visto afectados por un ERTE ahora tienen dos pagadores, su empresa y la Seguridad Social, por lo que tendrán que presentar la declaración de la Renta si superan los 14.000 euros anuales, en lugar de los 22.000 euros fijados para un pagador.

Y explican que estas personas probablemente tendrán que pagar a Hacienda en su declaración porque les habrán retenido menos de lo correspondiente, por lo que advierten al SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) de que regularicen los posibles errores en el pago de la prestación para que se pueda tributar correctamente.

En un año en el que los mercados financieros han registrado un comportamiento muy errático como consecuencia de la crisis provocada por la covid-19, el REAF aconseja vender con pérdidas algún elemento patrimonial lo suficientemente líquido y, de esta manera, reducir la tributación de las ganancias patrimoniales que se hayan acumulado con otras inversiones. Pero hay que tener en cuenta que esta compensación de ganancias con pérdidas no se podrá aplicar si se recompran los activos vendidos en general en el plazo de un año y en el de dos meses si son valores cotizados.

Otro elemento a considerar es que en este 2020 se ha incrementado la deducción por donativos en cinco puntos porcentuales, lo que los hace más atractivos fiscalmente. Así, se podrá deducir el 80% de los primeros 150 euros donados y el 35% a partir de esa cifra (el 40% en el caso de que se realicen donaciones habituales a la misma entidad).

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