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Oficina de la Agencia Tributaria. Pep Dalmau

La Agencia Tributaria obliga a la Seguridad Social a cambiar su forma de trabajar para asegurar las deducciones por maternidad y familia numerosa en el IRPF

El nuevo modelo 185 entra en vigor el 1 de enero de 2026 y busca reducir los fallos y automatizar el proceso eliminando las tareas manuales

Nacho Ortega

Valencia

Jueves, 30 de octubre 2025, 01:13

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La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha formalizado la aprobación del nuevo Modelo 185, denominado «Declaración informativa mensual de cotizaciones de afiliados y mutualistas», una medida que obliga a los órganos gestores de la Seguridad Social y a las Mutualidades alternativas a modernizar radicalmente la forma en que envían los datos.

La nueva orden entrará en vigor el 1 de enero de 2026. Por lo tanto, se aplicará por primera vez a las declaraciones del mes de enero de 2026, que deberán presentarse en febrero de 2026. A partir de esa fecha, quedará derogada la normativa anterior (Orden HAC/96/2003)

El objetivo de esta orden ministerial (Orden HAC/1197/2025) es asegurar la adecuada gestión de las principales deducciones fiscales del IRPF que dependen de la actividad laboral, incluyendo, si corresponde, la realización del abono mensual anticipado de estas ayudas.

Hasta ahora, el suministro de la información de cotizaciones se basaba en la Orden HAC/96/2003, utilizando diferentes vías de transmisión (como EDITRAN o FTP) que requerían un tratamiento manual de los datos recibidos por parte de la Agencia Tributaria.

La nueva normativa exige un cambio fundamental para adaptar el suministro al sistema utilizado en el resto de declaraciones informativas de la AEAT: la Transmisión de Grandes Volúmenes de Información (TGVI online).

Este salto tecnológico busca reducir los fallos y automatizar el proceso, aportando novedades, ya que mejora la calidad al aplicar un estándar de validaciones en el momento de la entrada de información, se reducen los errores al eliminar los riesgos derivados de las tareas manuales y genera mayor eficiencia con una mayor automatización del procesamiento masivo de la información.

Esta mejora en el tratamiento de los datos redunda en beneficio de los contribuyentes, ya que permite a la AEAT trabajar con información más fiable y rápida.

¿Qué deducciones dependen de este nuevo control?

El cambio en la declaración informativa (Modelo 185) es crucial para que Hacienda pueda verificar y gestionar dos tipos de deducciones clave para las familias:

1. Deducción por Maternidad (Artículo 81 de la Ley 35/2006):

Esta deducción se aplica a mujeres con hijos menores de tres años que, entre otros requisitos, estén dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de treinta días cotizados. La declaración permite el cálculo de la deducción de forma proporcional al número de meses en que se cumplen los requisitos.

2. Deducciones por Familia Numerosa o Personas con Discapacidad a Cargo (Artículo 81 bis de la Ley 35/2006):

Estas deducciones están destinadas a contribuyentes que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en la Seguridad Social o mutualidad. En estos casos, las cotizaciones y cuotas totales devengadas a la Seguridad Social y Mutualidades actúan como límite para el cálculo de estas deducciones.

En ambos casos, la norma reglamentaria contempla la posibilidad de solicitar el abono anticipado, lo que subraya la necesidad de que la AEAT reciba la información de cotizaciones de manera ágil y precisa para gestionar estos pagos.

A quién afecta

Con la entrada en vigor de la nueva norma, se precisan formalmente las condiciones de cumplimiento para las entidades gestoras:

• Obligados: Órganos o entidades gestoras de la Seguridad Social y Mutualidades alternativas a la Seguridad Social.

• Periodicidad: La presentación del Modelo 185 tendrá carácter mensual.

• Plazo: Se realizará en el plazo de los diez días naturales siguientes a la finalización del mes al que se refiera la declaración.

• Formato: El modelo estará disponible exclusivamente en formato electrónico y su presentación se realizará únicamente por vía electrónica.

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