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La ACB reduce el cupo de formación a cuatro jugadores
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La ACB reduce el cupo de formación a cuatro jugadores

La medida también se hará efectiva para las ligas de ADECCO ORO, ADECCO PLATA, Femenina y Femenina 2

efe

Jueves, 17 de julio 2014, 14:35

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la resolución de la presidencia del Consejo Superior de Deportes (CSD) por la que se fijan los límites al número mínimo exigible de jugadores de formación en las plantillas de los equipos de baloncesto, que en la Liga ACB se reducirán de cinco a cuatro.

La medida es consecuencia de un dictamen de la Comisión Europea (CE), el pasado 16 de abril, en el que reconoció y avaló la figura del jugador de formación como conforme con la normativa comunitaria, pero instó al gobierno español a modificar los cupos de jugadores de formación fijados en el convenio ACB -FEB-ABP, al considerarlos desproporcionados, según informó el CSD,

Este organismo, tras consultar con los diferentes agentes implicados y contar con los informes de la Abogacía del Estado, elevó una propuesta a la CE sobre cupos que finalmente ha sido aceptada y publicad para su entrada en vigor a partir de la temporada 2014-2015.

Dicha propuesta fija que en las plantillas de 10-12 jugadores de la Liga ACB habrá un mínimo exigible de 4 jugadores de formación -comunitarios o asimilados formados entre los 14 y los 20 años en cualquier equipo un mínimo de tres temporadas-, que se reducirán a 3 en las plantillas de 8-9 integrantes.

Estas cifras se aplicaran igual en los clubes que participan en las ligas ADECCO ORO, ADECCO PLATA, Femenina y Femenina 2.

"La aplicación de estos nuevos cupos no afecta, de forma relevante a la actual conformación de las plantillas ya que, únicamente 11 plantillas de las 81 que participaron en las distintas categorías la temporada 13/14, deberían adaptarse" y en el caso de la Liga ACB, en el que se pasa de 5 jugadores de formación a 4, "solo afectaría a 5 jugadores pertenecientes a 5 equipos de los 18 participantes", según el CSD.

Este organismo explicó que de no haberse llegado a este acuerdo con la CE ésta habría denunciado a España ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo, "lo que hubiera podido poner en riesgo la figura del jugador de formación, y no solo en el ámbito del baloncesto, sino que podría haber afectado a otros deportes en los que existe la figura del jugador de formación como es el caso del fútbol".

Antecedentes

Hace tres años, en enero de 2011, la Dirección General de Empleo de la CE abrió expediente sancionador a España por considerar que los cupos de jugadores impuestos a equipos participantes en competiciones de baloncesto "vulneraban la libertad de circulación de trabajadores comunitarios".

Tras la apertura de este expediente, en julio de 2011, la Federación Española de Baloncesto (FEB) modificó la normativa de sus competiciones después de un acuerdo con la Asociación de Clubes de Baloncesto ( ACB ) por el que se creó la figura del jugador de formación y se establecieron cupos para las distintas competiciones.

El CSD indicó también que tras el visto bueno de la CE a este nuevo modelo ha iniciado contactos con las partes implicadas, para estudiar, en el marco del acuerdo suscrito el 19 de julio de 2011, nuevas medidas para favorecer y fomentar la figura del jugador de formación y del desarrollo de cantera.

La resolución del BOE indica finalmente que, dentro de los nuevos criterios la FEB, la ACB y la Asociación de Baloncestistas Profesionales podrán acordar el número de jugadores de formación y de extranjeros no comunitarios autorizados para participar en competiciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal, así como con la mediación del CSD determinar medidas tendentes al fomento de la formación de jugadores.

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