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J. L. ÁLVAREZ
Viernes, 16 de marzo 2018, 00:49
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madrid. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a las empresas WhatsApp y Facebook con 300.000 euros cada una por cederse entre ellas y tratar datos de sus usuarios sin haberles pedido previamente permiso. Para imponer la sanción -la máxima por una infracción grave- la Agencia valoró el volumen de tratamientos efectuados, el volumen de negocio o la vinculación de la actividad de estas con los tratamientos de datos de carácter personal, entre otros, que fueron usados «en beneficio de su actividad».
La resolución sancionadora recuerda que en 2014 WhatsApp fue adquirida por Facebook, pero no fue hasta agosto de 2016 cuando la red social actualizó los términos de su servicio y la política de privacidad, introduciendo cambios como compartir información de los usuarios de la WhatsApp. Según la AEPD, la aceptación de esas nuevas condiciones se impuso como «obligatoria para poder hacer uso de la aplicación de mensajería», y esa comunicación de datos personales a Facebook, «que no tiene relación con las finalidades determinadas en la recogida de datos original», se realizó «sin ofrecer a los usuarios una información adecuada y sin la opción de mostrar su negativa a las mismas». Según la Agencia, la comunicación de datos personales exige el consentimiento del afectado según el artículo 11 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). De esta manera, la normativa exige que ese consentimiento, además, debe ser libre.
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