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EFE/Nicolas Bouvy
La determinación de una jueza española

La determinación de una jueza española

SUSANA SANZ CABALLERO CÁTEDRA JEAN MONNET-UNIVERSIDAD CEU CARDENAL HERRERA

Sábado, 15 de diciembre 2018, 09:24

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Rosario Silva Lapuerta ha hecho historia en la UE. La magistrada española del Tribunal de Justicia de la UE (y vicepresidenta del mismo) se ha pronunciado obligando a un Estado de la Unión -en este caso, Polonia- a paralizar cautelarmente la reforma judicial de su Tribunal Supremo. En un auto sin precedentes emitido el 19 de octubre en el asunto C-169/18 R, la ponente del caso en el alto tribunal europeo asume las tesis de la Comisión Europea, que es quien presentó la demanda contra la república de Polonia el 2 de julio de este año. La magistrada Silva entiende que hay razones para bloquear cautelarmente la aplicación de la Ley polaca de modificación de la organización de la jurisdicción y del derecho común porque dicha reforma podría suponer una quiebra del principio de separación de poderes entre el ejecutivo y el judicial y afectar de modo irremediable a la independencia judicial de ese país.

Con esta resolución judicial, cuyas consecuencias políticas resultan impredecibles, se abre la vía a decisiones judiciales similares en procesos contra otros socios europeos cuyas decisiones gubernamentales puedan estar también vulnerando los principios y valores básicos en los que se fundamenta la Unión, incluidos en el artículo 2 del Tratado de la Unión, entre los que destacan el respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos, incluidos los de las personas pertenecientes a minorías, valores que -recuerda dicha disposición- son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres.

El recurso judicial por incumplimiento presentado por la Comisión contra Polonia sigue su curso -puesto que la solicitud de medidas cautelares es solo un incidente del mismo que no prejuzga el fondo del asunto-, y su resolución final se demorará. Sin embargo, al menos de momento, el auto de la juez Silva impide al gobierno del primer ministro Morawiecki consumar lo que se antoja a primera vista como una purga en toda regla de su Tribunal Supremo que obligaba a la jubilación anticipada del 40% de sus jueces, incluida su nunca 'domesticada' presidenta y permite al gobierno decidir unilateralmente sin motivación a cuáles de los jueces llamados a prejubilarse permite graciosamente permanecer en su puesto tres años más. La decisión del tribunal europeo obliga a la reincorporación de los jueces indebidamente apartados de sus funciones y prohíbe al gobierno tomar medidas destinadas a nombrar nuevos jueces en sustitución de los afectados. La causa alegada para una decisión tan tajante y novedosa son razones de urgencia, dado el riesgo de que se produzca un perjuicio grave e irreparable para los intereses de la Unión.

Con esta decisión judicial provisional, el Tribunal de Justicia cumple su función ex art. 19 (1) del Tratado de la Unión (que le otorga la competencia para garantizar el respeto del Derecho en la interpretación y la aplicación de los Tratados) en relación con el artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, de obligado cumplimiento, en el cual se recoge el derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial.

Lo más interesante de esta resolución judicial son principalmente los siguientes aspectos:

Es la primera vez que el Tribunal de Luxemburgo se pronuncia sobre la deriva autoritaria de un país miembro, es decir, toma decisiones en un caso que afecta a la esencia misma del estado de derecho, indicando que las medidas sin garantías democráticas también van contra el Derecho de la Unión.

El Tribunal demuestra que el Derecho de la Unión tiene primacía sobre el interno y deja patente que la Carta de Derechos Fundamentales no sólo vincula a las instituciones comunitarias, sino que también protege al ciudadano frente a los abusos de los gobiernos.

Y la decisión se convierte en un aviso a navegantes para la propia Polonia y otros Estados, algunas de cuyas políticas y decisiones recientes también parecen ir en la línea de violentar los valores en los que se fundamenta la Unión.

Polonia y Hungría ya tienen abiertos expedientes por posible violación del artículo 7 del Tratado de la Unión Europea, que permite sancionar al Estado miembro que incumpla los principios en los que se basa la Unión con, entre otras, la posibilidad de denegarles el derecho de voto ante el Consejo de Ministros. Además, la Comisión Europea ha iniciado trámites para poder condicionar la concesión de fondos estructurales al cumplimiento por parte de los Estados de las reglas en las que se basa el estado de derecho. Todo eso se añade a los procesos judiciales en curso ante el Tribunal de Justicia de la UE. Se puede reprochar que la Unión haya reaccionado tarde al órdago, pero al menos lo ha hecho. Y la reacción de su Tribunal de Justicia lleva nombre español.

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