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J. IBARROLA
Los ayuntamientos en tiempos de COVID-19

Los ayuntamientos en tiempos de COVID-19

El marco competencial entre las administraciones públicas restringe el ámbito de actuación de las corporaciones locales

JORGE GARCÍA | VICEPRESIDENTE 1º DEL COLEGIO DE SECRETARIOS, INTERVENTORES Y TESOREROS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE VALENCIA (COSITAL VALENCIA)

Viernes, 27 de noviembre 2020, 07:57

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El COVID-19 ha puesto a prueba a las instituciones, fundamentalmente la sanitaria, pero también a las distintas Administraciones Públicas. Y siendo los Ayuntamientos la administración más próxima a los ciudadanos ha sido la que ha tenido que lidiar con la pandemia con los escasos recursos jurídicos y económicos de los que dispone.

Los Funcionarios con Habilitación Nacional (Secretarios, Interventores y Tesoreros de los Ayuntamientos) somos municipalistas por convicción y por devoción, y padecemos cuando los Ayuntamientos realizan actuaciones que no les corresponde o para las que los Ayuntamientos no tienen recursos para ello. Y es que el legislador de 2013 recortó considerablemente las competencias municipales, por ello resulta difícil que las actuaciones realizadas por los Ayuntamientos con motivo de la pandemia declarada por el COVID-19 encajen en las competencias municipales y en los recursos disponibles. Y eso puede ser un grave problema porque pudiera dar lugar a la ilegalidad de lo actuado sin competencia para ello por loable que fuera y en déficit del Ayuntamiento si se gasta lo que no tiene.

Pero el recorte de las competencias municipales no lo debía ser en detrimento del ciudadano sino para que las otras Administraciones Públicas, esto es el Estado y sobre todo la Comunidad Autónoma, ejerza las competencias. Pero esto no ha sido así, con demasiada frecuencia la Comunidad Autónoma se limita a delegar la competencia en el Municipio o simplemente a no actuar, lo que obliga al Ayuntamiento a realizar actuaciones al margen de las competencias atribuidas legalmente.

Hoy en día nadie duda del papel de los Ayuntamientos ante las demandas sociales; pero, salvo la atención inmediata a las personas con riesgo de exclusión social, los Municipios no tienen marco jurídico para actuar ni dinero para ello, por lo que o se les dota de instrumentos normativos y medios económicos o no pueden actuar. Esta situación ha puesto de manifiesto que se necesita un marco normativo nuevo, diferente y distinto al anterior a 2013.

Cuando se declaró el estado de alarma los Ayuntamientos no se lo pensaron dos veces para incrementar los recursos económicos para atender a las personas más vulnerables. En este caso recordemos que sí son competencias municipales la protección de la salubridad pública (art.25.2.j Ley 7/1985, de 2 de abril), la evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social (art.25.2.e Ley 7/1985, de 2 de abril) y otros aspectos relacionados con estas situaciones, como las actuaciones contra la violencia de género (art.25.2.o Ley 7/1985, de 2 de abril) que desgraciadamente se han incrementado con motivo de los confinamientos y restricciones de movilidad.

Pero más difícil está siendo que los Ayuntamientos ayuden a los sectores productivos por las escasas competencias en esta materia. Pronto empezaron a derogar o reducir el importe de las tasas vinculadas con la actividad económica, como la ocupación del dominio público con mesas y sillas, mercadillos, etc., como medida para ayudar a la economía local. Pero como imaginación no le falta a los Ayuntamientos buscaron una válvula de escape para la concesión de las ayudas, como la Ley de Régimen Local Valenciana que atribuye a los Municipios competencias en materia de comercio local (art.33.3.g). Pero es que en puridad las ayudas a los sectores productivos no corresponde a los Municipios, si no al Estado y a las Comunidades Autónomas.

Mientras no se modifique el régimen de competencias municipales hay que aplicar el refrán castellano de «zapatero a tus zapatos», y que los Ayuntamiento se centren en el ejercicio de sus competencias, que ya es bastante, y que el resto de las Administraciones Públicas ejerzan las suyas.

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