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Los casos en los que la mascarilla no es obligatoria: ¿hay que llevarla en la playa o para hacer deporte?

Los casos en los que la mascarilla no es obligatoria: ¿hay que llevarla en la playa o para hacer deporte?

La Generalitat Valenciana aclara los supuestos en los que no es necesario ponérsela

LP.ES

VALENCIA

Domingo, 19 de julio 2020, 07:27

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La obligación de llevar mascarilla en la Comunitat Valenciana desde el 18 de julio de 2020 tiene varias excepciones, que la Generalitat Valenciana explica en el Decreto que ha publicado en el DOGV. El uso de la mascarilla no será obligatorio en los siguientes supuestos:

- Durante la práctica de actividad física o cualquier otra actividad con la que resulte incompatible su uso. Por lo tanto, para hacer running, ir en bici, pasear o hacer cualquier tipo de deporte, el uso de la mascarilla estará dispensado.

- En las actividades infantiles y juveniles de ocio mientras se permanezca con el grupo de convivencia estable.

- En los espacios de la naturaleza o al aire libre fuera de núcleos de población, playas y piscinas, siempre y cuando la afluencia de las personas permita mantener la distancia interpersonal de 1,5 metros.

Al contrario que sucede en Andalucía, donde es obligatorio el uso de mascarilla para pasear por la playa, en este caso no se especifica nada al respecto y la única obligación de llevarla es cuando no se pueda respetar la distancia de seguridad de 1,5 metros. Por lo tanto, en playas concurridas será necesario su uso.

- Además, la obligación contenida en los apartados anteriores no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla o que por su situación de discapacidad o dependencia no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización y en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad.

- Tampoco deben llevar mascarilla de forma obligatoria los menores de 6 años.

La obligación del uso se refiere a mascarillas, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, así como a su uso adecuado, es decir, que tiene que cubrir desde la parte del tabique nasal hasta la barbilla incluida. No se permite el uso de mascarilla con válvula exhalatoria, salvo en el ámbito profesional para el caso en que este tipo de mascarilla pueda estar recomendada.

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