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La jueza de la dana, la magistrada del número 3 de Catarroja, Nuria Ruiz Tobarra, cierra la puerta a que el caso se le vaya ... de las manos y que pase al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. Al menos, esa es una de la teorías que se maneja tras un nuevo auto en el que rechaza imputar al presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, que como aforado obligaría a que el caso pasara a manos del Alto Tribunal y dejaría de estar en manos de una jueza que ha obtenido una gran repercusión mediática tras la contundencia de sus autos en relación a lo ocurrido el día de la dana.
Una de las acusaciones personadas en el proceso solicitó la imputación del presidente del Consell, Carlos Mazón, por no pedir al Gobierno la declaración de emergencia nacional la tarde de la dana. «Sin embargo ha de atenderse a lo resuelto en su momento por el TSJ en un auto el 23 de diciembre de 2024; la instrucción sigue su curso y se ha dado la oportunidad de declarar como investigado al presidente, a la vista de las denuncias y querellas formuladas contra el mismo», señala el auto de Ruiz Tobarra, que también ha descartado elevar una exposición razonada al TSJ sobre la actuación del máximo dirigente de la Comunitat.
Esta acusación pidió también la consideración de investigada para la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, por no pedir la emergencia nacional. La jueza descarta la petición al considerar que la protección de la población civil, como marca el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, está bajo el mando autonómico: «La patente inactividad, conectada con los fallecimientos y lesiones el día 29 de octubre, se produjo en el ámbito autonómico».
Para la magistrada, la falta de asistencia posterior como la devastación de las poblaciones, la falta de recursos esenciales, la tardanza en la ayuda, los problemas en las carreteras y en los restos de comunicaciones, el pillaje, «es una cuestión distinta».
«El objetivo de este procedimiento es el análisis de los 227 fallecidos, una de ellas embarazada de 8 meses, una desaparecida y los lesionados, la ausencia de decisiones para salvaguardar a la población y la normativa aplicable al caso», señala el auto.
La jueza recuerda que la emergencia nacional ni se declaró estatalmente ni se pidió desde la administración autonómica -recuerda que el mando único estaba en manos de la entonces consellera Salomé Pradas-. Incluso apunta que existió consenso entre ambas partes para no pedir la emergencia nacional ni el 29 de octubre ni en los días posteriores. «La declaración de emergencia nacional no era precisa para alertar a la población y que se adoptaran medidas de autoprotección».
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