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Oficina de correos en Valencia. Irene Marsilla
Voto por correo en las elecciones del 10 de noviembre | Correos contratará a 440 personas de refuerzo para las elecciones generales en la Comunitat valenciana

Correos contratará a 440 personas de refuerzo para las elecciones generales en la Comunitat valenciana

Los ciudadanos que deseen llevar a cabo su voto mediante correo deben solicitarlo antes del 31 de octubre

EUROPA PRESS

Miércoles, 25 de septiembre 2019, 18:18

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Correos va a realizar 440 contratos de refuerzo para las Elecciones Generales del 10 de noviembre en la Comunidad Valenciana para garantizar el cumplimiento de los compromisos que le son encomendados en los procesos electorales.

La compañía, que va ha adoptar todas las medidas organizativas necesarias para facilitar el correcto desarrollo de las actividades relacionadas con los procesos electorales y el voto por correo, formalizará algo más de 440 contratos tanto para funciones de reparto como para la atención a los ciudadanos en las oficinas y garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones de servicio público que le son encomendadas por ser el operador designado por el Estado para prestar el Servicio Postal Universal.

La gestión del voto por correo incluye la admisión de las solicitudes, su entrega en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, la entrega en mano de la documentación electoral remitida por el Censo a los solicitantes, así como la admisión del voto por correo y su custodia en las oficinas de destino hasta su entrega durante la jornada electoral en las mesas electorales correspondientes.

Asimismo, la colaboración de se extiende también al reparto de las tarjetas censales y a los envíos de propaganda electoral, además de las comunicaciones a miembros de las Mesas Electorales, el envío a los Ayuntamientos de la lista del censo y la recogida de documentación el día de las elecciones, entre otros servicios.

Los ciudadanos que quieran votar por correo en las Elecciones generales pueden solicitarlo hasta el día 31 de octubre (inclusive), en cualquier oficina de Correos de España. La entidad recuerda que la obtención el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia.

Esta solicitud debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad -acreditada mediante certificación médica oficial-, que le impida la formulación personal de dicha petición, en que podrá ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.

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