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Martes, 27 de febrero 2018, 00:11
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En el camino a la reversión, la semana pasada se conoció el pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) sobre asuntos planteados por Ribera Salud en referencia a la reversión. El tribunal rechazó dos nuevas solicitudes de Ribera Salud para que se suspenda cautelarmente la reversión.
En un auto de 20 de febrero la sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo desestimó la solicitud de medida cautelarísima instada por Ribera Salud y la petición de tramitación de medida cautelar. La resolución recordaba que no era la primera vez que se pronunciaba sobre esta cuestión. Lo ha hecho en tres ocasiones anteriores para rechazar estas peticiones, al entender que no existen circunstancias perentorias de especial urgencia, ya que Ribera Salud «basa su alegato en lo que se producirá, según ella, el 1 de abril». En el nuevo recurso, el TSJCV entiende que, «a pesar del esfuerzo argumental de la parte actora», no menciona «ningún hecho nuevo» ni «ninguna circunstancia sobrevenida». Así, rechazó tramitar la adopción de la medida cautelar. En otro auto de 21 de febrero, se mantiene en los criterios de un día antes.
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