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Fachada del Tribunal Supremo. Alberto Ferreras
El Supremo reduce a la mitad una condena por violación  porque la víctima se defendió

El Supremo reduce a la mitad una condena por violación porque la víctima se defendió

El tribunal dicta que no había especial vulnerabilidad de la joven en el ataque sexual, cometido en Valencia en octubre de 2016

R. V.

VALENCIA.

Viernes, 9 de abril 2021, 00:56

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El Tribunal Supremo redujo a la mitad una condena de violación de un hombre que agredió sexualmente a una mujer bebida y drogada en una discoteca de Valencia en octubre de 2016. Los jueces, según informó la Cadena Ser, decidieron eliminar el agravante de especial vulnerabilidad basándose en que la víctima se intentó defender, aunque lamentan que la ley sea «genérica y vaga en exceso» para definir cuándo una víctima de un ataque sexual se encuentra en situación de especial vulnerabilidad.

En primera instancia la Audiencia de Valencia impuso al hombre seis años de prisión por un delito de agresión sexual, pero después el Tribunal Superior de Justicia duplicó su condena al aplicar este agravante de especial vulnerabilidad, que ahora han retirado. En aquel momento los magistrados argumentaron que los efectos de las drogas y el alcohol hacían a la víctima vulnerable.

La violación sucedió el 23 de octubre de 2016 entre la una y las tres de la madrugada, cuando el agresor conoció a un grupo de amigos en el que estaba la víctima, de 18 años, en el aparcamiento de la discoteca, según la sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia.

El fallo relata que la joven había consumido alcohol y drogas, por lo que «no era consciente de la realidad» y «no era capaz de determinar su conducta sexual con libertad», lo que aprovechó el condenado para llevarla hasta la zona exterior del aparcamiento. Una vez en el descampado, forzó sexualmente a la víctima, que intentó, sin éxito, resistirse.

Los hechos ocurrieron en una discoteca de Pinedo, en el aparcamiento, donde el agresor conoció a los amigos de la víctima esa misma noche, y al ver que la chica estaba bajo los efectos del alcohol y las drogas quiso aprovecharse de su estado. Según detalla la Ser, llevó a la joven a un descampado cercano para llevar a cabo la agresión. La joven, según la sentencia, se defendió como pudo: «Trató de resistirse instintivamente, mordiendo al acusado, arañándole e incluso llegando a golpearle en la boca», señala la sentencia.

Sin embargo, los jueces del Tribunal Supremo dan crédito al relato de la víctima pero argumentan que sus intentos de defenderse ante la agresión no encajan con este agravante. Los magistrados confirman que el acusado cometió un delito de agresión sexual al hacer uso de la violencia para someter a la mujer. Además, según explicó el Supremo, tanto el violador como algunos amigos suyos han intentado dar durante estos años «una imagen de la víctima de mujer libertina, desenfrenada, poco pudorosa y con comportamientos sexualizados que incitan a la provocación».

No obstante, estas explicaciones las rechazaron de forma unánime los once magistrados que han analizado el caso, avalando el relato de la víctima. La joven relató al tribunal cómo «se resistió hasta que no pudo más» que «se defendió, como pudo» y por tanto el Supremo no alberga dudas de que es una violación: «Los hechos declarados probados definen perfectamente la violencia en la acción que integra el elemento del tipo de agresión sexual».

La joven sufrió diversas lesiones y contusiones, además de una depresión grave. Para la Audiencia de Valencia «los hechos quedaron acreditados por la existencia de prueba de cargo suficiente y el relato de la víctima, en la que se excluye cualquier móvil espurio o de venganza, verosímil y persistente», indicaron en febrero de 2019, cuando la Sección Tercera del tribunal valenciano condenó al agresor a seis años de prisión por esta violación. Y le impuso al condenado una indemnizar a la víctima de 18.000 euros por los daños morales que sufrió, además de no poder comunicarse con ella ni acercarse a menos de 500 metros durante diez años.

El informe de urgencias de la chica detectó hematomas en mama, muslos y zona del introito; el médico-forense determinó que había lesiones de origen violento en esa zona y el informe psicosocial y el de criminalística revelaron la presencia de restos orgánicos del acusado en la camiseta de la víctima.

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