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La reunión del consejo asesor, ayer.

El Consell multará con hasta 30.000 euros a los bancos que no cedan pisos vacíos

La nueva Ley por la Función Social de la Vivienda creará un registro con casas deshabitadas para que se destinen a alquiler social

ISABEL DOMINGO

Martes, 15 de marzo 2016, 02:11

La Generalitat presentó ayer el anteproyecto de la Ley por la Función Social de la Vivienda, que prevé sanciones de entre 600 y 30.000 euros (en función de grave o muy grave) a las entidades financieras que no pongan a disposición del Consell los pisos que estén vacíos para destinarlos a alquileres sociales. La normativa es similar a la de Andalucía o Cataluña.

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  • Registro de viviendas vacías. Se inscribirán de forma obligatoria todos los inmuebles declarados deshabitados.

  • Registro de oferta y demanda. Dirigido a particulares. Será voluntario y se busca incentivar el mercado del alquiler.

  • Expropiaciones. Se efectuarán por un periodo de tres años a aquellos pisos en los que el banco no acepte un alquiler social.

Estas sanciones están incluidas dentro de una normativa que mañana se aprobará en el pleno del Consell y pasará a Les Corts para tramitarse de urgencia, por lo que se prevé que entre en vigor antes de que finalice este año. Será entonces cuando la Conselleria de Vivienda cree un registro de viviendas vacías en el que se inscribirán los inmuebles de grandes propietarios (aquellos que posean más de diez pisos), que lleven dos años en esa situación y sean declaradas como viviendas vacías por la Generalitat mediante una resolución.

Si transcurren seis meses desde que se ha incorporado al registro y sigue deshabitado, será el momento de las sanciones, cuya recaudación se destinará a políticas de vivienda. Del registro quedarán excluidos los particulares y aquellos inmuebles destinados a segunda residencia o usos profesionales y dotacionales, según detalló ayer la consellera María José Salvador durante la presentación del proyecto. Un acto en el que también compareció el presidente de la Generalitat, Ximo Puig, quien resaltó que esta iniciativa «es la primera ley del Gobierno valenciano y es el paradigma del pacto del Botánico».

En este sentido, resaltó que el objetivo es «hacer realidad el derecho a la vivienda que recogen la Constitución y el Estatut». Es decir, «situarlo en el mismo escalón que la sanidad, las pensiones o la dependencia», resaltó Salvador. Ambos hicieron hincapié en que la ley no tiene una finalidad recaudatoria sino «incentivadora, queremos motivar a los grandes propietarios». De ahí que se siga trabajando para firmar convenios de colaboración con bancos y cajas.

500.000 pisos vacíos

Según datos de la conselleria extraídos del último informe del Consejo General del Poder Judicial, en la Comunitat hay medio millón de viviendas vacías aunque se desconoce la titularidad de las mismas, algo que se corregirá con la puesta en marcha del registro. Tampoco hay número de beneficiarios.

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Junto a este registro de grandes propietarios, orientado sobre todo a entidades financieras, inmobiliarias y constructoras, se creará otro de oferta y demanda para aquellos particulares que quieran inscribir inmuebles de forma voluntaria. El objetivo es, según la consellera, «evitar la prolongada desocupación de las viviendas de forma injustificada». En este caso, incluso se introduce la figura del alquiler solidario por el que se cede el inmueble a la Generalitat durante seis años para arrendarlo a personas en riesgo de exclusión social.

Otras medidas incluidas son las ayudas públicas al alquiler y contra la pobreza energética y la mediación, además de mejorar el parque público de viviendas en un plazo de dos años. En total, la normativa tendrá un coste anual de 20 millones.

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También se han incluido sanciones en procesos de desahucios de la vivienda habitual. En este caso, la norma establece la anulación del contrato de compra-venta y su sustitución por un contrato de alquiler (de tipo social) con opción a compra. Si no hay acuerdo con la entidad financiera para ese cambio, la Generalitat podrá iniciar un procedimiento expropiatorio por un plazo máximo de tres años.

No obstante, tanto este artículo de la ley como el del registro -y las sanciones asociadas- quedan en suspenso para no solaparse con la Ley de Segunda Oportunidad impulsada por el Gobierno de Rajoy. «Será hasta que acabe su vigencia en mayo de 2017 o hasta que un posible nuevo Ejecutivo anule la norma. De esta forma, evitamos que pueda ser recurrida ante el Tribunal Constitucional», detalló María José Salvador. Se busca evitar que ocurra como en Andalucía, donde el TC paralizó el decreto-ley al invadir la competencia del Estado.

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