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Condenan a una menor embarazada por ocupar una casa vacía de un banco

La Audiencia ratifica una pena por la que la chica deberá cumplir una tarea socioeducativa por colarse con 17 años, junto con su pareja, en el piso y provocar daños por valor de 193 euros

Luis Candela

Miércoles, 7 de octubre 2015, 00:43

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Una joven, vecina de Alicante, deberá cumplir una pena socioeducativa por colarse, junto con su pareja, en una vivienda que pertenecía a un banco cuando todavía era menor de edad y se encontraba embarazada. Un juzgado de Menores le impuso en su día una medida dirigida a mejorar sus habilidades como madre, además de mejorar su formación «de cara a una futura inserción laboral» por un delito de usurpación de vivienda en grado de tentativa, como recoge la sentencia dictaminada en mayo de este año. Ahora, la Audiencia Provincial de Alicante ratifica el fallo judicial una vez fue recurrido por la denunciada.

  • Ocupación. El 4 de marzo de 2014, la menor y su pareja reventaron la cerradura del domicilio deshabitado.

  • Pillados. Los agentes los pillaron con dos destornilladores y muebles apilados en la entrada de la casa.

  • Pena. La juez de Menores 1 aplicó una medida para que la menor se forme y orientada a sus habilidades de crianza.

Los hechos se desarrollaron a partir de marzo del año pasado. El día 4 de dicho mes, la joven, encinta de siete meses, y su pareja decidieron forzar la cerradura de uno de los domicilios del número 10 de la calle Benimantell de la capital alicantina. La vivienda estaba vacía y las condiciones de habitabilidad en las que residían con la madre de la muchacha resultaban cuanto menos «deficientes», como recoge la sentencia del Juzgado de Menores número 1 del Palacio de Justicia alicantino.

De hecho, la juez de instancia reconoce en su fallo que la chica padece una situación de «alto grado de precariedad económica y social». Sin embargo, el inmueble ocupado de forma ilegal, ubicado entre la barriadas de la capital alicantina de Colonia Requena y las Cuatrocientas Viviendas, tenía dueños: la entidad financiera Bankia.

Debido a esa situación de precariedad, la menor y su pareja colocaron una nueva cerradura en la casa con la intención de ocuparla y establecer allí su residencia, tal y como ha quedado probado en la resolución judicial que ahora ratifica la Sección Segunda.

Aviso a la policía

Los vecinos del inmueble fueron quienes se dieron cuenta de lo que estaba ocurriendo y alertaron a la policía de que alguien podría haber tratado de instalarse en la casa. Los daños ocasionados en el domicilio alcanzaron los 193,60 euros, dinero que deberán abonar de forma solidaria la menor condenada y su madre como indemnización por los perjuicios generados a la entidad bancaria.

El tribunal desestima el recurso interpuesto por la defensa de la chica, en el que alegaba que hubo error en la apreciación de la prueba practicada en el juicio, pues la muchacha sostenía que no fueron ellos quienes reventaron la cerradura. Según su versión, fue «un gitano» al que no podía identificar ni localizar. Pese a ello, cuando los agentes llegan al inmueble alertados por los demás residentes, la encontraron a ella junto a su pareja, este último portando un destornillador en la mano y otro en el bolsillo.

Los policías los cazaron 'in fraganti' tratando de completar una mudanza, ya que en el momento en el que acuden al domicilio descubren que hay apilados diversos muebles de los cuales se desconoce la procedencia y de los que los imputados reniegan y aseguran que no les pertenecen. La menor señaló en el juicio que cuando llegaron al piso «la cerradura ya la habían cambiado». Por tanto, la juez que dictamina la sentencia sostiene que «de ello se desprende que fueron ellos los que la forzaron o, al menos, que estaban presentes».

Durante la instrucción, la joven embarazada relató que quien realmente violentó el cierre de la casa les dio 20 euros. Por el contrario, en el juicio celebrado en el juzgado de Menores 1, la ya mayor de edad narró que no recibió el dinero, sino que el hombre le dijo «que ya se lo daría», pero que no lo hizo en el momento.

Relato contradictorio

La sentencia recurrida señala que estas «contradicciones» responden al intento por explicar que en el cacheo efectuado por los agentes no se encontrara ningún billete entre los efectos personales. Además, concluye que «o bien esta persona no existe o bien prefieren preservar su identidad».

Para los magistrados de la Audiencia Provincial, la juez de instancia dicta una resolución «que no contraviene la leyes de la lógica, de la experiencia o de las ciencias», ya que las pruebas indican que la acusada fue quien ocupó la casa y colocó la nueva cerradura en la puerta.

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