Dentro de las modificaciones del Estatuto de los Trabajadores con el Real Decreto Ley 5/2006, se mejora la protección de los trabajadores dispensada por el Fondo de Garantía Salarial en caso de insolvencia empresarial. Para ello, se modifican los límites y topes actualmente aplicados y se incluyen entre las indemnizaciones protegidas las debidas por finalización de contratos temporales, conciliación judicial y las extinciones de contratos conforme al art. 64 de la Ley Concursal.
Las mejoras en la protección consisten:
a) Mejora en la protección de los salarios:
1. Ampliación de la cuantía máxima del duplo al triple del Salario Mínimo Interprofesional.
2. Inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
3. Se pasará a abonar un máximo de 150 días de salario en vez de los 120 días que se pagaban hasta la publicación de la nueva reforma laboral.
b) Mejora en la protección de las indemnizaciones:
4. Se amplía el tope de la indemnización que será el triple del Salario Mínimo Interprofesional en vez del duplo, con inclusión de las pagas extraordinarias.
5. La base de cálculo para el abono de la indemnización pasa de 25 a 30 días por año de servicio.
6. Inclusión de indemnizaciones por finalización de contrato temporal, conciliación judicial y las extinciones de contratos conforme al art. 64 de la Ley Concursal.