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Atajar la morosidad empresarial sigue siendo una asignatura pendiente en España. Pese a las advertencias y recomendaciones que la Comisión Europea viene lanzando desde hace 11 años, cientos de miles de proyectos empresariales se frustran anualmente por dificultades de tesorería que provienen del impago de facturas. Ni siquiera la adopción de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, ha servido para mejorar este problema histórico en nuestro país.
Las cifras siguen siendo desalentadoras. Las pérdidas por impagados ascienden en España a 16.000 millones de euros, lo que representa un 3,2% de las ventas totales de las empresas, según un informe de Intrum Justitia. El porcentaje supera en más de tres veces a países como Finlandia, mucho más cumplidores y disciplinados en los pagos.
En concreto, España cuenta con unas 150.000 empresas morosas y ocupa el tercer lugar del ranking de malos pagadores de toda Europa, sólo superada por Italia y Portugal. Las empresas españolas tardan en pagar a sus proveedores una media de 82,1 días, lo que contrasta con los 26,2 días de Noruega o los 26,6 días de Finlandia, según el estudio de Intrum Justitia. El dato también está muy lejos de la media europea de pago, que se sitúa en 59,2 días.
Desinterés preocupante
La gravedad del problema se pone en evidencia al comprobar que uno de cada cuatro casos de insolvencia empresarial se produce debido a la morosidad. Esto genera en España la destrucción de unos 40.000 empleos anuales. En concreto, el 90% de las reclamaciones de laudos judiciales son por problemas económicos derivados del incumplimiento de compromisos de pago. Ante la magnitud de las cifras, son muchas las instituciones empresariales que reclaman más medidas para terminar o, al menos, disminuir las pérdidas económicas que genera esta informalidad en los pagos. No obstante, pese a sus negativas consecuencias, el interés por ponerle remedio deja mucho que desear. ‘‘España no ha mostrado interés en mejorar la situación y tampoco ha seguido las excepcionales pautas que se lanzaban desde Europa’’, opina Miguel Ángel Bustillo, director financiero de ACAM (Asociación Comunitaria de Arbitraje y Mediación).
Hace ya once años, la Unión Europea advirtió que la morosidad empresarial era un problema creciente que requería soluciones en la mayoría de los países de la región. En 1995, la Comisión Europea lanzó las primeras recomendaciones para atajar el problema. En 1998, adoptó una propuesta de directiva, que finalmente se aprobó en el año 2000 (Directiva 2000/35 de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales). Los países tenían de plazo hasta agosto de 2002 para ir transponiendo la Directiva a sus propias legislaciones. Lamentablemente, España fue el último país en incorporarla, no cumplió con el plazo y estuvo a punto de tener que afrontar una penalización por su dejadez.
La ley se firmó en España a finales de 2004 (Ley 3/2004, de 29 de diciembre). Pese a su puesta en marcha, sigue siendo insuficiente y poco efectiva. Roberto Salvanés, jefe de asesoría jurídica de FIECO (Federación de Industrias y Empresas de la Construcción), afirma que menos del 5% de las empresas están utilizando los mecanismos que ofrece la ley. ‘‘En algunos casos, por desconocimiento, en otros, por miedo a perjudicar sus estrategias comerciales, a perder ventas y clientes’’, asegura. ‘‘Una debilidad de la ley es que no establece una forma objetiva de determinar cuáles serán las prácticas abusivas, lo que da lugar a distintas interpretaciones’’, añade. Por su parte, Javier García Jiménez, del Consejo de Titulados Mercantiles y Empresariales del País Vasco, considera que se trata de una ley poco clara en cuanto a los objetivos que pretende. ‘‘Las grandes empresas siguen teniendo preferencia frente a las pequeñas, que son las que mayores sangrías sufren a causa de la informalidad en los pagos’’, asegura. Sólo en 2005 se disolvieron 9.659 empresas, según datos del Instituto Nacional del Estadística.
Miguel Ángel Bustillo, director financiero de ACAM, estima que uno de los mayores fallos de la ley es que permite pactarlo todo. ‘‘Pactar el plazo máximo de pago, la indemnización... al final, su efectividad es mínima. El más perjudicado sigue siendo el comercio minorista’’, añade.
Por sectores, las empresas de la construcción y las administraciones públicas son las mayores deudoras y las que más demoran sus pagos. En estos dos ámbitos, los plazos de cobro superan los 200 días.
Las soluciones
Rafael Salvanés estima que la clave para conseguir la prohibición de las prácticas abusivas es que el Gobierno desarrolle un reglamento complementario a la ley 3/2004 en el que, entre otras cuestiones, se indiquen los plazos de pago en España por sectores de actividad y se fijen los plazos a partir de los cuales se consideran abusivos los pagos entre comprador y vendedor. ‘‘Sería conveniente la creación de un servicio de defensa del proveedor que haga respetar la ley y que tenga facultad para imponer sanciones’’, añade. Miguel Ángel Bustillo cree que la situación mejoraría si las empresas adoptaran mejores sistemas de gestión, como suspender las entregas o establecer límites de crédito.