Un cirujano pagará 17.700 € a una mujer por los daños sufridos en una operación de pechos
La Audiencia dice que la intervención fue “injustificada” y “contraria” a la norma
El deseo de una valenciana de recuperar volumen y firmeza en sus pechos tras la maternidad se tornó en una pesadilla. La “defectuosa” técnica quirúrgica de un médico la dejó finalmente sin su esperada figura y con un marcado perjuicio estético. La Audiencia confirma ahora que el facultativo deberá pagar 17.700 euros.
B. G. R. confió en el cirujano Juan José P. M. como el especialista en cirugía estética que podría solucionar la pérdida de firmeza y volumen de sus pechos como consecuencia de ser madre de dos niños gemelos. Pero el resultado no fue precisamente el esperado. La operación le dejó las prótesis mamarias demasiado elevadas y dos marcadas cicatrices.
El recurso del facultativo ante la Audiencia de Valencia sólo ha servido para que la sección séptima confirme la condena impuesta al médico por un juzgado de Valencia: el pago de una indemnización de 17.773 euros a la afectada por el perjuicio estético, daños morales y baja sufridos por la intervención.
La perjudicada contactó con el facultativo en octubre de 2003. El cirujano le informó que sus problemas se solucionarían con la implantación de dos prótesis y la elevación de las mamas. El 17 de febrero, ya en el quirófano, le informó de que la intervención se realizaría en dos fases durante días distintos.
Técnica “defectuosa”
Pero, tras la primera operación y después de algunos meses, la mujer observó que los resultados no eran los esperados. Las prótesis se situaban mucho más arriba de su posición debida y no descendían.
El acusado la tranquilizó diciéndole que tuviera paciencia, pero la afectada decidió consultar con otros médicos. Todos coincidieron en afirmar que la técnica quirúrgica usada por el cirujano era “defectuosa” y que las cicatrices “eran demasiado grandes”, según la resolución. La Audiencia subraya la culpabilidad del médico, pues no hay “razón clínica que justifique una doble intervención”, además de que no informó “de manera expresa” a la demandante sobre los pormenores del tratamiento. La sentencia confirma la indemnización a pagar a la valenciana al calificar la conducta del demandado de “totalmente injustificada” y “contraria” a las normas médicas.
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