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RSS | ed. impresa | Regístrate | Lunes, 28 mayo 2012

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El Ministerio de Cultura debe informar si la apertura de la avenidaes un expolio o un beneficio social para el barrio del Cabanyal

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El Supremo pide al Gobierno que decida si es legal prolongar Blasco Ibáñez
¿La prolongación de la avenida Blasco Ibáñez es un expolio para el Cabanyal? Eso es lo que debe decidir el Ministerio de Cultura para enmendar lo que no llegó a razonar en 2001, según un fallo del Tribunal Supremo que ha dado la razón a la plataforma vecinal contraria a que llegue al mar la avenida. La prolongación es el símbolo del modelo urbanístico de la alcaldesa Rita Barberá al que el PSOE siempre se ha opuesto. Y si hace ocho años el Gobierno popular se inhibió y no informó, ahora será el Ejecutivo socialista el que deba decidir si es un expolio o un beneficio para el barrio.
El Supremo obliga de este modo al Ejecutivo a que se «moje» sobre la legalidad del plan del Cabanyal. El fallo supone desestimar el recurso presentado por el Ayuntamiento, la Generalitat y la abogacía del Estado contra una sentencia anterior del Tribunal Superior de Madrid, en septiembre de 2004.
La resolución ordena retroceder el procedimiento a 2001. Para el gobierno municipal es precisamente sólo eso, una cuestión de trámite que no afecta al fondo de la legalidad del plan.
En un comunicado hecho público poco después de que se hiciera público el fallo, el Consistorio esgrime un informe de urgencia de los servicios jurídicos. «La única y directa consecuencia de la sentencia es la obligación de retrotraer las actuaciones...Por tanto, la ejecutividad del plan sigue siendo absoluta como consecuencia de las reiteradas sentencias que han declarado su legalidad».
Otra visión es la que ayer sostuvo la portavoz municipal socialista, Carmen Alborch. «La decisión del Supremo da esperanza a los valencianos que siempre hemos apostado por recuperar el barrio frente a un posible expolio».
El Tribunal Supremo ya había fallado sobre la prolongación de la avenida Blasco Ibáñez. Sucedió el 12 de marzo de 2008 y en aquella ocasión fue a favor del Consistorio. ¿Cómo es posible que ahora dicte en sentido contrario?
La explicación está en la propia sentencia y la ofrece el ponente del fallo, Eduardo Calvo Rojas, en uno de los 17 folios del fallo, donde se recuerda el anterior.
«No hay constancia, por tanto, de que haya habido un procedimiento administrativo referido a esa cuestión (el expolio) ni un pronunciamiento de la Administración competente acerca de la expoliación que se alega».
Es decir, que aquella cuestión se pasó por alto en el recurso anterior debido a que el Ministerio de Cultura no había hecho «los deberes» sobre el informe obligado tras la primera denuncia presentada por Salvem el Cabanyal, el 23 de septiembre de 1999.
En todo este conflicto hay que distinguir entre el plan urbanístico, donde las competencias son de la Generalitat y al Ayuntamiento, de la declaración de Bien de Interés Cultural, donde la legislación estatal entra de lleno. Ahí es donde la plataforma vecinal pone el acento, lo que con un Gobierno socialista, al contrario de lo que pasaba en 2001, les puede ser favorable para sus reivindicaciones.
Mientras se llega al enésimo capítulo judicial, las obras del plan del Cabanyal siguen a un ritmo muy lento. Las demoliciones de parte de las 1.650 viviendas afectadas por la prolongación y sus aledaños se han concentrado en los extremos de la avenida, en concreto en la parte de la avenida Blasco Ibáñez próxima a la estación de Renfe y al futuro bulevar de San Pedro, un eje perpendicular a la avenida con una calzada de 400 metros de longitud.
Tutela del Estado
La sentencia cita la respuesta que dio el Ministerio de Cultura, a través de la Dirección General de Bellas Artes. «La Generalitat ha exigido aclaraciones al Ayuntamiento y luego ha acordado, en base a su autonomía y competencia exclusiva, informar favorablemente el plan, sin que vulnere lo precisto en la Ley del Patrimonio Valenciano y sin que exista tutela superior del Estado».
El recurso de Salvem el Cabanyal planteó por el contrario una situación de indefensión jurídica, así como la violación de varios artículos y la desviación de poder, por no hablar de que no se había practicado instrucción alguna al no haberse tramitado la denuncia de la entidad. El Ministerio de Cultura respondió ayer a LAS PROVINCIAS que no tienen nada que decir todavía.
Para el gobierno municipal, el trabajo con la Generalitat en la tramitación del plan hace que el resultado sea contrario a un posible expolio de los valores patrimoniales del barrio del Cabayal.
La asociación de vecinos del Cabanyal pidió ayer a los propietarios que están en negociaciones para vender sus casas que reflexionen sobre las consecuencias de un acuerdo «amistoso» con la empresa Cabanyal 2010, formada por Ayuntamiento y Generalitat, que se encarga de las obras.
www.lasprovincias.es
Sentencia: Documento íntegro del Tribunal Supremo en la web.
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