Saltar Menú de navegación
Hemeroteca |
RSS | ed. impresa | Regístrate | Martes, 29 mayo 2012

Vida y Ocio

Vida y Ocio

El auto reconoce la "imposibilidad legal" de revertir las obras, pese a la sentencia del Supremo, porque el Consell modificó la ley de Patrimonio
25.04.09 -

Cerrar Envía la noticia

Rellena los siguientes campos para enviar esta información a otras personas.

Nombre Email remitente
Para Email destinatario
Borrar    Enviar

Cerrar Rectificar la noticia

Rellene todos los campos con sus datos.

Nombre* Email*
* campo obligatorioBorrar    Enviar
El caso del Teatro Romano de Sagunto vuelve a escena y lo hace con una obra digna del mejor clásico. Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) admiten en un auto la "imposibilidad legal para la ejecución de la sentencia" del Supremo que obligaba a revertir las obras realizadas por Grassi y Portaceli.

La intervención habría sido legal unos años más tarde, cuando la modificación de la ley de Patrimonio Cultural Valenciano de 1998 abría esta posibilidad e incorporaba la opción de acometer reconstrucciones totales o parciales del bien.

Esta nueva vuelta de tuerca jurídica admite el incidente de inejecución de sentencia presentado por la Generalitat después de que una comisión de expertos, formada por la Conselleria de Cultura, determinara la imposibilidad de recuperar el aspecto del coliseo anterior a la intervención realizada en los noventa. .

Casi dos décadas después de que arrancara uno de los culebrones judiciales y políticos más largos y candentes de la historia del patrimonio español, la justicia valenciana apoya la decisión de mantener el mármol que recubre el Teatro Romano y pasar página.

Motivos técnicos y jurídicos permitirían hoy hacer compatibles las obras y la ley. La sala del TSJCV considera que el teatro podría ser demolido "en las partes que cita el mismo y al día siguiente levantarse exactamente igual y sería legal, de ahí que el artículo 105.2 para evitar absurdos de esta magnitud haya previsto la imposibilidad legal" de ejecutar la sentencia de 1993, confirmada por el Supremo en el año 2000.

La resolución de Cultura de 1988 que aprobó el Proyecto de Restauración y Rehabilitación del Teatro Romano, con la normativa actual, "no sería contraria a derecho".


Capas de hormigón
El pulso jurídico, iniciado por el abogado Juan Marco Molines, se decanta con este auto por la petición del Gobierno valenciano de evitar la retirada de las placas de mármol de la cávea y no demoler parte del muro de escena hasta la cota de 1,20 metros, tal y como obligaba la sentencia para hacer efectiva la reversión. Según los informes que se incluyeron en el dictamen de la comisión de expertos, la actuación "dejaría al descubierto la capa de hormigón que existe bajo las placas" y las intervenciones "poco rigurosas realizadas en el siglo pasado, roca tallada y escasos vestigios de la época romana consistentes en material de relleno". Si bien el TSJCV no entra a valorar la imposibilidad material al "estar cerrada desde la perspectiva temporal y procesal", sí que incluye datos sobre la Memoria del Proyecto de Legalización para adecuar las obras. En las conclusiones se solicita la aprobación de la intervención realizadas en el Teatro Romano, entre los años 1990 y 1993, por la Conselleria de Cultura y se proponen una serie de "medidas que deberían acometerse tras la legalización con el fin de mejorar patrimonialmente o concluir adecuadamente los trabajos".


Un uso escénico
Muchas cuestiones técnicas, judiciales, arqueológicas, políticas y sentimentales han sobre volado el primer Monumento Nacional de España estos años, pero una de ellas ha sido una constante: mantener la funcionalidad del recinto, el uso eminentemente teatral del coliseo.

Esta premisa la subrayó la comisión, que incidía en que con la aplicación de la sentencia "en ningún caso se devolvería al Teatro Romano al estado en que se encontraba".

Desde la Dirección General de Patrimonio se señaló que antes de la rehabilitación de Grassi y Portaceli "se realizaron 40 restauraciones sobre las gradas. Debajo del mármol no está la piedra original, sino restos del XX. Si retiramos las placas, queda ladrillo, mortero o roca viva, no restos romanos". De ahí que la eliminación del mármol "obligaría a una nueva reconstrucción, que incluiría cubrirlo con otro elemento o material constructivo, para su uso cultural".

Todas las argumentaciones dadas por el Consell tuvieron pronta respuesta del abogado impulsor del proceso, Juan Marco Molines, que señaló que la inejecución de sentencia carecía de fundamento legal y que los fallos "están para cumplirse". El letrado amenazó con pedir la "ejecución forzosa", promesa que cumplirá en julio, como así aseguró ayer a LAS PROVINCIAS. Será entonces cuando acabe el plazo máximo establecido para la reversión.

Un nuevo recurso de casación ante el Supremo echará más leña al fuego en este proceso que arde desde hace dos décadas y que escribe una página más en la historia de Sagunto y su Teatro Romano.
Opina

* campos obligatorios
Listado de comentarios
Vocento
SarenetRSS