Saltar Menú de navegación
Hemeroteca |
RSS | ed. impresa | Regístrate | Martes, 29 mayo 2012

Valencia

14.11.08 -

Cerrar Envía la noticia

Rellena los siguientes campos para enviar esta información a otras personas.

Nombre Email remitente
Para Email destinatario
Borrar    Enviar

Cerrar Rectificar la noticia

Rellene todos los campos con sus datos.

Nombre* Email*
* campo obligatorioBorrar    Enviar
La junta de gobierno dará hoy cuenta de una sentencia que desestima el recurso presentado por un funcionario municipal que pidió cobrar un día de libranza pendiente, al entender que había recibido demasiadas negativas de su superior sobre qué jornada debía descansar.

El juzgado de lo contencioso número 8 ha sido el encargado de dilucidar este curioso caso, que se remonta a abril de 2007, cuando se desestimó por la vía administrativa. Lejos de aminalarse, el empleado en cuestión recurrió a la vía judicial, que ahora ha fallado en primera instancia en su contra, aunque sin cargo de costas.

En los fundamentos de derecho se lee que el demandante presentó la solicitud de una compensación económica "del sexto día de libre disposición que no había disfrutado, motivado en la reiterada solicitud de permiso y a la sistemática desestimación" que recibía.

El acuerdo laboral de julio de 2004 que rige para los funcionarios dice que no "se contempla el derecho a la retribución económica en los días de libre disposición pendientes, dado que el disfrute de los mismos se configura como un derecho de carácter irrenunciable".
Opina

* campos obligatorios
Listado de comentarios
Vocento
SarenetRSS