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El concejal Pere Fuset, en una comparecencia ante la prensa. irene marsilla
La encuesta de Fuset vulneró derechos de los falleros al preguntar por su ideología

La encuesta de Fuset vulneró derechos de los falleros al preguntar por su ideología

La Agencia de Protección de Datos ratifica la infracción muy grave porque el Consistorio no pidió permiso por escrito a los participantes

PACO MORENO

VALENCIA.

Miércoles, 24 de enero 2018, 00:23

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La Agencia Española de Protección de Datos ratificó ayer la infracción muy grave impuesta al Ayuntamiento de Valencia por la realización de la llamada encuesta fallera, un cuestionario sobre la fiesta realizado a un millar de personas que incluyó preguntas sobre ideología o creencias religiosas sin el permiso expreso y por escrito de los participantes.

De esta manera se da un paso definitivo en una polémica, salvo que el gobierno municipal acuda a la Audiencia Nacional, desvelada por LAS PROVINCIAS y donde todos los sectores falleros cargaron contra el concejal de Cultura Festiva, Pere Fuset, quien aseguró desde el inicio que se habían seguido los parámetros del CIS para el trabajo.

Por el contrario, Mar España, directora de la Agencia, señala en la resolución que ayer colgó la entidad en su página web y a la que tuvo acceso este periódico que el gobierno municipal ha infringido lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Ley Orgánica de Protección de Datos, tipificada como muy grave en el artículo 44.4.b) de dicha legislación.

El citado artículo indica: «Sólo con el consentimiento expreso y por escrito del afectado podrán ser objeto de tratamiento los datos de carácter personal que revelen la ideología, afiliación sindical, religión y creencias». La sanción fijada va de 300.001 a 600.000 euros en caso de que se hubiera tratado de una empresa privada. Al ser una Administración pública se «comunicará la presente resolución al Defensor del Pueblo», para añadir a continuación que «se podrá interponer recurso de reposición ante la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos o, directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional», aunque en este caso el consistorio sólo podrá utilizar el recurso ante la Audiencia Nacional.

El concejal de Cultura Festiva se ha negado desde hace seis meses a facilitar el expediente

Las preguntas que han motivado la resolución condenatoria contra el gobierno tripartito se titulan en la encuesta como 'Análisis sociológico del colectivo fallero' y se dividen en ocho bloques denominados «Principales problemas como ciudadano», «Identidad territorial», «Confesión religiosa», «Competencia lingüística», «Sociología electoral», «Situación económica», «Nivel de estudios» y «Nacionalidad».

Entre las más llamativas que se hicieron figuran ejemplos como los siguientes: «¿Cómo se define usted en materia religiosa?», «¿Podría decirme con qué partido o coalición de partidos se siente usted políticamente más identificado?», «¿En unas elecciones al Ayuntamiento de Valencia, qué partido político o coalición de partidos le gustaría que ganara?», «¿Si hubiera de situarse en una escala del 1 al 10 (siendo 1 la extrema izquierda y 10 la extrema derecha), dónde se sitúa usted?».

Aquí puedes ver la resolución de la Agencia de Protección de Datos

Este tipo de preguntas no habrían supuesto ningún problema en caso de tener el permiso por escrito de los encuestados. La misma resolución enlaza con otra referida al Ayuntamiento de Valencia que ha sido archivada al cumplir con ese requisito. Se trata de un barómetro sobre la gestión municipal realizado con 2.210 entrevistas personales en la calle, entre el 22 de febrero y el 8 de marzo del pasado año por el concejal Carlos Galiana.

La polémica no ha sido sólo por las preguntas que han vulnerado derechos de los encuestados, sino también por el proceso posterior. El concejal Fuset se ha negado durante los seis meses que han transcurrido desde la propuesta de sanción de la Agencia de Protección de Datos (a principios de agosto) a facilitar documentación a los grupos de la oposición y a los medios de comunicación. Sólo el primer documento estuvo de acceso libre durante un tiempo, aunque no el recurso y las comunicaciones posteriores. El grupo popular ha recurrido prácticamente a todas las instancias municipales sin éxito.

En la resolución se explica el motivo de que la empresa encuestadora no haya sido objeto de una sanción. «El cuestionario fue realizado por el Ayuntamiento y consensuado con la entidad adjudicataria, si bien es el Ayuntamiento en última instancia el que decidió el contenido de la encuesta», se indica en el informe.

La encuesta formó parte de un plan estratégico cuyo objetivo era la valoración del impacto económico, turístico, medioambiental y social de la fiesta de las Fallas, en el marco de su declaración como Patrimonio Inmaterial de la Humanidad.

Por esto se incluyó un estudio sobre el colectivo fallero, para conocer la «realidad asociativa de los integrantes de las comisiones falleras, así como sus opiniones sobre la fiesta fallera, con el fin de radiografiar sus perfiles a partir de sus valoraciones en distintos temas como la cultura, la identidad, la ideología o la religión, entre otros aspectos». Antes de las preguntas, se tomaban todos los datos personales, que servían para constatar la realización del trabajo y luego eran destruidos por la empresa. Se realizaron 169 llamadas de validación. También queda acreditado que la empresa no facilitó datos personales al Consistorio, que fueron destruidos a finales de junio.

La Agencia de Protección de Datos hizo la propuesta de sanción el pasado 4 de agosto, advirtiendo también que se cesara en la difusión de la utilización ilícita de los datos personales por no recibir el consentimiento por escrito de los participantes. Un escrito del día 11 del Consistorio indicó sobre esto último que esas referencias se habían borrado y nunca habían estado en posesión del gobierno municipal.

En sus alegaciones, la concejalía de Cultura Festiva solicitó el archivo al exponer que los datos personales tratados: nombre, apellidos y teléfono se recogieron para validar el 15% de las encuestas y fueron destruidos sin trasladarlos al Ayuntamiento.

La resolución indica que «se deriva un tratamiento de datos de ideología y religión de las personas que cumplimentaron la encuesta, ya que las registradas en el fichero pueden aparecer como defensores de una determinada opción ideológica y religiosa, al menos mientras no se destruyó el fichero».

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