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El TSJ ordena el cierre de la ampliación de la depuradora de Pinedo

El TSJ ordena el cierre de la ampliación de la depuradora de Pinedo

El alto tribunal paraliza la actividad de la fase III de las instalaciones en marcha desde 2003 y que costaron 40 millones

JUAN SANCHIS

Viernes, 13 de enero 2017, 10:30

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La depuradora de Pinedo es una de las grandes instalaciones de tratamiento de aguas residuales de la Comunitat Valenciana. Durante el ejercicio 2015 trató un volumen anual de 116.646.636 m3/año, de los que 29.159.182 recibieron tratamiento terciario.

Pero la construcción de la fase III, conocida como Pinedo II, en marcha desde 2005 con un coste cercano a los 40 millones se enfrenta ahora a un grave problema judicial.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha publicado una sentencia por la que ordena al Ayuntamiento de Valencia el cese de la actividad de la depuración de aguas residuales al considerar que no tiene licencia.

El auto del alto tribunal además considera contrario a derecho la desestimación que en 2010 realizó el Consistorio valenciano de la solicitud de la petición formulada por los recurrente por los problemas ecológicos y de salud pública que en su opinión podían derivarse de la construcción de las instalaciones.

La sentencia estima parcialmente la demanda de los propietarios afectados por la ampliación y rechaza los argumentos que en su día presentaron tanta la Generalitat y el Ayuntamiento como la UTE encargada de su construcción y la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (Emshi).

Licencia

La sentencia, que no admite recurso más que en casación ante el Supremo, es clara: «Ninguna de dichas instalaciones obtuvo del Ayuntamiento de Valencia las correspondientes licencias municipales, de actividad o licencia ambiental». Reconoce que en 2003 la EPSAR solicitó la licencia de actividad calificada pero no concluyó el proceso.

El auto judicial considera que la actividad que realiza la depuradora es una «actividad calificada» por lo que precisa de la preceptiva licencia municipal.

Ante ello, el tribunal considera que la normativa se desprende la necesidad de contar las instalaciones de la EDAR de Pinedo en todas sus fases con la licencia municipal de actividad calificada, después sustituida en la Ley 2/2006 por la licencia ambiental. «Pues bien, ha de reiterarse aquí (...) de que no consta que ninguna de las instalaciones obtuviera del Ayuntamiento de Valencia licencia municipal de actividad o licencia ambiental». Es decir, el Consistorio debió haber hecho caso a los recurrentes.

El cuerpo de la sentencia, por otra parte, no estima las peticiones de los vecinos sobre los posibles daños ambientales y salud pública derivados de los olores, emisiones de gases y la consecuente violación de los derechos recogidos en el artículo 18 de la Constitución y en el artículo 8 del Convenio Europeo Derechos Humanos.

En cambio, en la parte dispositiva, según el abogado José Ortega, se le da razón cuando pide daños patrimoniales. Los jueces consideran por un lado no probado una relación entre las instalaciones y los daños a los vecinos mientras que luego lo aceptan en parte.

De hecho, el colectivo de vecinos se levantó en contra de la construcción de esta instalación denunciando los malos olores y las continuas molestias medioambientales. Llegaron a alegar que intentaban evitar que entraran los olores con papeles de periódico y otros procedimientos rudimentarios. Algunos tenían la piscina de decantación a apenas diez metros y no fueron pocos los que cambiaron de domicilio. Pero después de tanto tiempo están cansados y desanimados además de que su situación económica es precaria.

El abogado de los afectados, José Ortega expresó su satisfacción por la sentencia y mostró su malestar por alguno de los argumentos utilizados por los jueces. De hecho, explicó que no entiende cómo se reconoce que cuando se construyó e en 1991 no tenía licencia y aún así no se toman medidas y se permite que continúe una ilegalidad.

En cualquier caso explicó que dejará pasar el plazo de 20 días para solicitar que se aplique la sentencia, aunque la administración recurra en casación. «Haré lo imposible para que se aplique», concluyó Ortega.

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