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Concentración de familiares de las víctimas del accidente. :: i. marsilla
La juez da por cerrada la instrucción de la causa del accidente del metro

La juez da por cerrada la instrucción de la causa del accidente del metro

Concede a las partes cinco días para que se pronuncien sobre el sobreseimiento o la continuación como procedimiento abreviado

REDACCIÓN/EFE

Martes, 24 de marzo 2015, 00:36

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La titular del Juzgado de Instrucción número 21 de Valencia, que investiga el accidente del metro de 2006 en el que fallecieron 43 personas y otras 47 resultaron heridas, ha dado un plazo de cinco días a las partes para acordar continuar el caso como procedimiento abreviado o, en su caso, su sobreseimiento. Así lo recoge una providencia de la juez, Nieves Molina, una vez visto el estado de las actuaciones y la práctica de todas las diligencias que están incorporadas al procedimiento desde su reapertura, ha informado el Tribunal Superior de Justicia valenciano.

LA TRAGEDIA

  • u43 víctimas mortales. El 3 de julio de 2006, el accidente del metro se cobró la vida de 43 personas. Una unidad del tren que transportaba a unas 150 personas descarriló en una curva cercana a la estación de Jesús en Valencia.

  • u21 vecinos de Torrent. De las 43 víctimas mortales, 21 eran habitantes de la ciudad de Torrent. Otras 47 personas sufrieron heridas de diversa consideración en el terrible siniestro.

Según la resolución, que se puede recurrir en un plazo de tres días, la juez da un plazo de cinco días a las partes personadas y al Ministerio Fiscal para que se pronuncien sobre la procedencia de acordar la transformación del procedimiento en abreviado o bien el sobreseimiento de la causa.

En otro orden de cosas, la titular ha resuelto no admitir las diligencias pedidas por el fiscal, en concreto una pericial de expertos en seguridad ferroviaria sobre la adecuación de FGV a la normativa de seguridad y un informe pericial por parte del Invassat en relación al posible incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

La inadmisión de estas pruebas se debe, en el primer caso, a que entiende que no corresponde, dada la responsabilidad que se depura y la legislación vigente aplicable en el momento del accidente del metro, y la segunda, al considerar que según la Inspección de Trabajo no ha existido vulneración de la prevención de riesgos laborales. El juzgado ha pedido también al Ministerio Fiscal que se manifieste sobre si desiste de un recurso de apelación, ya que en la actualidad «carece de objeto» al existir un pronunciamiento sobre las diligencias pedidas por esta parte.

Abogacía de la Generalitat

La magistrada rechazó la petición del abogado de una víctima para excluir del proceso a la Abogacía de la Generalitat, que actúa en representación de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV). En un auto hecho público por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la jueza rechazó la petición, justificada por una de las víctimas en la consideración de que FGV no podía ejercer posición de defensa, al no exigírsele por el momento responsabilidad civil alguna, ni tampoco de acusación, por no haber actuado como tal. La magistrada fundamentó también su petición en el hecho de que FGV, como responsable civil subsidiario, «tiene interés legítimo en demostrar que el delito no existe».

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