El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha dictado una sentencia en la que fija una sanción de 3.832.858 euros a la empresa constructora del Hotel Atrium Beach de La Cala de Villajoyosa por exceso de edificabilidad.
La sentencia, dictada el pasado 23 de julio, llega después de que el 19 de enero el Tribunal Supremo dejara sin validez una sentencia de 2008 del TSJCV que daba por «caducado» el expediente sancionador y anulaba la sanción de 12 millones de euros impuesta por el Consell a la constructora del Atrium Beach.
Según recoge un informe del secretario municipal del Ayuntamiento de Villajoyosa que se hace eco de la sentencia, el TSJCV desestima el recurso presentado por la constructora «en todos sus puntos salvo en el de la valoración de la obra ilegalmente realizada».
El informe indica que, para calcular el importe de la sanción, el TSJCV se apoya en el reglamento de disciplina urbanística que fija que se sancionará «con multa de 10 al 20 % de su valor el exceso de edificación sobre la edificabilidad permitida por el plan».
Según la sentencia, y tal y como recoge el informe del secretario, «el valor a tener en cuenta es el correspondiente al estado de la obra ilegal en el momento de su paralización, y no el presupuestado para la obra acabada, ni el relativo a su valor de mercado».
Con un «valor real» calculado pericialmente en 25,5 millones de euros, el TSJCV ha decidido que el importe de la sanción corresponda al 15 % del mismo y de ahí que se fije la multa en 3,8 millones de euros.
El concejal de Fomento Económico y Sostenible de Villajoyosa, Jerónimo Lloret, ha señalado en un comunicado que la decisión del TSJCV es «una excelente noticia para el Ayuntamiento», ya que el alto tribunal «ha vuelto a considerar una multa» a pagar por la promotora del Atrium Beach que en su día «redujo a cero».
Lloret ha indicado que el consistorio no va a recurrir la sentencia, puesto que el secretario municipal considera que el TSJCV «ha interpretado correctamente el reglamento de disciplina urbanística». La empresa promotora del hotel recurrirá la sentencia. Desde Hotel Luna SA han señalado que «se trata de la mayor sanción económica impuesta en la Comunidad Valenciana a un proyecto de estas características» y han añadido que la empresa se considera «muy perjudica» por la sentencia.
Según la mercantil, el TSJCV no ha tenido en cuenta que el establecimiento hotelero está «completamente legalizado» por «la demolición de 14.470 metros cuadrados» de exceso de edificabilidad, por «la cesión» al Ayuntamiento de «21.499 metros cuadrados de suelo dotacional» y por «la aportación económica de 1,5 millones de euros» a esta administración.





