El Tribunal Supremo ha estimado un recurso de Marina D'Or que deja sin efecto el auto de la Audiencia de Castellón que aseguraba que el grupo inmobiliario había vulnerado el derecho al honor de un empresario de la construcción y de una mercantil por una información aparecida en prensa.
El constructor y la compañía presentaron una demanda contra Marina D'Or-Loger S.A. por la publicación los días 17 y 18 de diciembre de 2005 de varias informaciones en la prensa que contenían declaraciones del grupo inmobiliario que, en opinión de los denunciantes, atentaban contra su honor. Los artículos, publicados en siete diarios, afirmaban que «gracias a los poderes fácticos y políticos» de los demandantes se estaba obstaculizando la ejecución del proyecto adjudicado a Marina D'Or «con la finalidad de dar un pelotazo».
La sentencia tuvo en cuenta alto interés informativo de lo que se publicó y que preponderaba la libertad de expresión, no la veracidad.







