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Un joven, condenado por vejar a una menor a quien tiró su ropa por el balcón

Sociedad

Un joven, condenado por vejar a una menor a quien tiró su ropa por el balcón

La Audiencia le absuelve de un delito de agresión sexual al considerar «poco fiable» la declaración de la chica de 15 años

19.03.10 - 01:21 -
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Un joven madrileño de 20 años ha sido condenado por humillar a una menor de 15 durante las vacaciones estivales de 2008 que ambos pasaron en Oropesa. La Audiencia Provincial le ha impuesto una multa de 90 euros por una falta de vejación injusta, así como la obligación de indemnizar a la víctima con 400 euros como responsabilidad civil. La sentencia, eso sí, le absuelve del delito de agresión sexual del que le incriminaba la menor al estimar que su testimonio es «poco fiable».
Los hechos se remontan a mediados agosto de hace dos años. Durante las vacaciones la víctima, que tenía entonces 15 años, conoció a Cristian A. y a otros dos jóvenes que, por ser menores de edad serán enjuiciados por un tribunal de Menores. Según relata el fallo, los tres jóvenes veraneaban en un apartamento de Oropesa situado frente al piso donde se hallaba la joven en compañía de su familia. Durante estos días, la menor mantuvo «relaciones consentidas» con Cristian. Pero fue el 23 de agosto cuando ocurrieron los hechos por los que se celebró juicio oral, a puerta cerrada, el pasado 26 de febrero en la Audiencia Provincial de Castellón.
Sobre las nueve de la noche, la menor estaba en la terraza de su apartamento cuando vio que los otros amigos (los tres jóvenes) la invitaban a su piso. Al llegar sólo le abrió la puerta el condenado, puesto que los dos menores (tenían 17 años entonces) se escondieron debajo de la cama, «como ya habían realizado en otras ocasiones». La menor preguntó por ellos y Cristian respondió que se habían ido.
«Cuando la llevó al dormitorio y al echarse en la cama el somier golpeó a uno de los otros amigos y salió de su escondite», dice la sentencia. La menor «se sorprendió mucho y se enfadó, al tiempo que se cubría con la ropa de la cama que otro de los chicos le intentaba quitar». La chica salió al pasillo buscando su ropa, pero la habían tirado por el balcón, «por lo que comenzó a llorar temiendo la reacción de su tío». La menor quiso marcharse «pero habían cerrado la puerta con la llave» y uno de los chicos menores de edad «se la había metido en sus partes» incitándola a cogerlas.
Finalmente la chica pudo marcharse «medio desnuda» y bajó a la calle a buscar su ropa que había quedado parte en la calle y parte en el tendedero de la vivienda de la planta baja. «Tras llamar al timbre, el vecino le entregó sus cosas y volvió a casa llorando, se metió en su cuarto y no quiso cenar», recoge el fallo que destaca que «no ha quedado probado que el acusado y los menores expedientados ante el Juzgado de Menores» la agredieran sexualmente, tal y como ella denunció ante la Guardia Civil.
Para absolver al joven madrileño de este delito, el magistrado ha considerado que en el testimonio de la víctima «se aprecian imprecisiones en datos relevantes y contradicciones». «Aunque en principio estas contradicciones son totalmente irrelevantes para afirmar o negar el delito, si son de utilidad para enjuiciar la credibilidad o fiabilidad de la menor. No podemos olvidar que tenía 15 años y exteriorizó el temor ante la reacción de su tío, por lo que, en alguna medida su testimonio puede intentar justificar unos hechos que pudieran no ser aceptados de buen grado por su familia», prosigue la sentencia.
Además, el dictamen médico forense no detectó evidencias que permitan aseverar o descartar la agresión sexual. Por su contra, el magistrado relata que el testimonio del joven «ofreció credibilidad al tribunal» y que «reconoció hechos desfavorables tales como que querían darle una lección». Por ello, el fallo concluye que existe «una duda razonable» por lo que «sólo puede resolverse en favor del acusado». Sin embargo, si le considera autor de la infracción penal por la humillación.
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