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Eulogio López.
Seis meses de cárcel para un periodista por vincular homosexualidad y pederastia

Seis meses de cárcel para un periodista por vincular homosexualidad y pederastia

El director y fundador de Hispanidad.com, Eulogio López, aseguró en un vídeo que «homosexualidad, es decir, sodomía y pedofilia y pederastia son dos ramas del mismo tronco" y las consideraba "dos degeneraciones antihumanas»

Efe

Madrid

Viernes, 23 de febrero 2018, 14:47

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La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a seis meses de cárcel al director y fundador de Hispanidad.com, Eulogio López, por la emisión de un vídeo en el que vinculaba la homosexualidad con la pederastia.

Un juzgado de Madrid condenó al periodista por un delito contra las libertades públicas y los derechos fundamentales al entender que sus consideraciones traspasaban la frontera penal y atentaban contra la dignidad de la persona.

En el vídeo, emitido entre el 6 de febrero y el 26 de marzo de 2015 en Youtube y reproducido 2.160 veces, el periodista sostenía que "homosexualidad, es decir, sodomía y pedofilia y pederastia son dos ramas del mismo tronco" y las consideraba "dos degeneraciones anticristianas y por tanto inhumanas". Su argumentación, que partía de la "mano dura" del Papa contra la pedofilia, derivaba en que esa misma "tolerancia cero" podría aplicarse contra la homosexualidad.

"La prueba es que el noventa y tantos por ciento, también los hay heterosexuales, pero el noventa y tantos por ciento de los casos de pedofilia son homosexuales. De práctica sodomítica. Hombre, no neguemos la evidencia", añadía. Frases y expresiones "indudablemente ultrajantes y ofensivas que lesionan la fama y el honor de las personas homosexuales", a juicio de la juez de primera instancia. Ahora, en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Celso Rodríguez, la Audiencia de Madrid rechaza el recurso del director de Hispanidad.com y confirma la sentencia.

"La dosis de menosprecio y descrédito que encierran estas palabras para las personas que por su condición natural sienten preferencia por otras del mismo sexo, es sencillamente brutal, intolerable para un ordenamiento jurídico y una sociedad basada en el respeto a la dignidad y la libertad de las personas", concluye la Audiencia Provincial. A juicio de este tribunal, las palabras difundidas en ese vídeo exceden del atentado al honor protegido en el ámbito civil y traspasa la frontera penal al encajar en el tipo penal que castiga a quienes lesionan la dignidad de las personas. De hecho, los magistrados mencionan "la carga/siembra de odio que aflora en el relato", que implicaría un castigo mayor (de uno a cuatro años de prisión).

Opinión y no información, según el periodista

El periodista sostuvo en su recurso que el vídeo no contenía información, sino opinión amparada en la libertad de expresión. Los jueces responden que el periodista "unió esta vertiente de su libertad a claros y precisos contenidos informativos, a la exposición de hechos y datos carentes de todo contraste científico, tan desmesurados como insostenibles, afirmando cifras porcentuales que tan solo pueden ser fruto de una consciente e intencionada temeridad".

"Y es que esta presunción del autor del vídeo, al equiparar de forma categórica la homosexualidad con la sodomía, pedofilia y pederastia, colisiona frontalmente con la opinión científica", añade. La Audiencia recuerda que las sentencias del Constitucional y del Supremo han establecido que no hay "derecho a la libertad de expresión -como de cualquier otro derecho- de carácter absoluto".

"La Constitución no ampara los atentados a la dignidad humana", concluye la sentencia, que tampoco acepta otro de los argumentos esgrimidos por el periodista, que alegó no haber pretendido ofender a los homosexuales. Los jueces le responden que su comparación y vinculación no pueden desligarse de "una descalificación que trasgrede cualquier discurso racional".

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