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Condenado a 22 años por matar a su vecina en Sevilla y robarle una cadena de oro

Abdelmjid El Ayari mató a golpes a la mujer de 69 años y vendió el colgante por 530 euros

efe

Lunes, 16 de enero 2017, 16:55

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El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de 22 años y medio de cárcel impuesta por la Audiencia de Sevilla contra Abdelmjid El Ayari por matar a golpes a una vecina suya de 69 años y viuda, a quien robó una cadena de oro que luego vendió por 530 euros.

Tras la sentencia de la sección tercera de la Audiencia de Sevilla, dictada en abril de 2016, la defensa del condenado recurrió en casación ante el Supremo, cuya sala de lo penal ha confirmado la pena impuesta, que fue de 18 años de prisión por asesinato y cuatro años y medio por robo con violencia, y le impone además las costas.

En su recurso, el condenado sostuvo, entre otros motivos, que no había ninguna prueba de su culpabilidad, salvo la declaración que hizo estando detenido, de la que se retractó en el juicio y que, según dijo, realizó bajo coacciones de la Policía para que reconociera que había cometido el delito de asesinato y de robo con violencia.

Para el Tribunal Supremo, en esa declaración dio datos objetivos sobre hechos que sólo él podía conocer, información que después fue acreditada por pruebas verdaderas.

Por todo ello, el Supremo concluye que hubo "prueba plural, válida y suficientemente explicitada, sin que pueda decirse que se ha producido vulneración del principio de presunción de inocencia, ni del derecho a un proceso con todas las garantías".

Le abrió la puerta a su vecino

Los hechos enjuiciados ocurrieron el 1 de abril de 2015 en la calle Cedro número 42 de Sevilla, cuando la mujer, que vivía sola y tenía un delicado estado de salud, le abrió al condenado, que era su vecino y quien, para obtener un beneficio económico, entró en la casa, la acosó y le golpeó en siete ocasiones con un objeto romo en la cabeza hasta matarla, según el fallo judicial.

La sentencia confirmada añade que, tras matarla sin posibilidad de que la mujer se defendiera, le quitó una cadena de oro que siempre llevaba en el cuello, que estaba valorada en 737,64 euros y vendió por 530 euros en un establecimiento de Sevilla.

El Supremo explica que el condenado dio datos que solo él podía conocer, como las circunstancias en las que estaba la puerta de la casa, la desaparición de las llaves, la ausencia del objeto contundente empleado para matarla y su limpieza con la cortina.

Recuerda la sentencia que las actuaciones judiciales fueron declaradas secretas y que existían líneas de investigación diferentes a las que apuntaban al condenado, respecto al cual no existía ninguna sospecha hasta conocerse que fue el que vendió el colgante.

En este sentido, el Supremo explica que incluso había intervención de comunicaciones respecto a otras personas a las que se investigaban.

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