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CRISTIAN REINO
Miércoles, 26 de abril 2017, 20:40
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Un juez de Barcelona ha condenado a un joven de 22 años a cuatro meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y cerca de 480 euros de multa por haber pintado, entre otros símbolos, una esvástica nazi en la puerta de una sinagoga de la capital catalana. La sentencia del magistrado de Instrucción número 29 de la ciudad condal acuerda, no obstante, la suspensión de la pena privativa de libertad, si el acusado cumple una serie de reglas de conducta que fija el fallo. Se supone que las cumplirá el joven, ya que aceptó los hechos y dio su conformidad.
La primera consiste en no delinquir durante dos años. La segunda está más dirigida a la vía educativa y para ello condena al joven antisemita a participar en un curso de derechos humanos que tenga por objeto el pleno respeto a la igualdad y la no discriminación de las personas, en particular por motivos antisemitas, y que será impartido por personal del Departamento de Justicia de la Generalitat. Estos cursos deberán incluir visitas a la sinagoga, para «conocer la realidad del pueblo judío» y «romper prejuicios y estereotipos antisemitas», según el fallo dado a conocer por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Los hechos ocurrieron en la madrugada del 28 de diciembre de 2016. Ese día el joven que ha resultado condenado actuó junto a una mujer «no identificada», según la sentencia, «movidos por su animadversión y voluntad de humillación al pueblo judío». Para ello, la pareja se acercó a una sinagoga de Barcelona y con un espray de pintura, mientras el joven realizaba labores de vigilancia, la mujer dibujó una esvástica en la puerta del templo y roció de rojo la mezuza, el pequeño receptáculo situado en la parte derecha de las entradas de toda casa que profese la religión judía. En el mismo se guardan dos versículos de la Torá, el libro sagrado para los hebreos.
El joven ha sido condenado por un delito cometido con ocasión del ejercicio de derechos fundamentales en su modalidad de lesión de la dignidad de las personas por motivos antisemitas. En todo caso, la aceptación del curso de derechos humanos no redime al condenado del pago de la multa dineraria.
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