La Sala Segunda del Tribunal Supremo anuló ayer en su totalidad la sentencia que condenó a tres agentes del Cuerpo Nacional de Policía por la detención irregular de dos militantes del Partido Popular, acusados de haber participado en la agresión del entonces ministro de Defensa José Bono durante una manifestación de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) el 22 de enero de 2005.
El Supremo estima, por cuatro votos a favor y uno en contra, todos los argumentos de los recursos que los policías, la Fiscalía y la Abogacía del Estado habían presentado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid.
Este tribunal condenó el 8 de mayo de 2006 a penas de entre tres y cinco años de cárcel a los agentes José Luis González Salgueiro, Rodolfo Ruiz Martínez y Javier Fernández Gómez por los delitos de detención ilegal, falsificación de documento público y coacciones.
El veredicto del alto tribunal, que sólo ha hecho público el fallo y no el contenido de la sentencia que se conocerá en los próximos días y que contendrá un voto particular del magistrado Manuel Marchena, supone la práctica absolución de los funcionarios.
Los tres policías fueron condenados por supuestas irregularidades durante el arresto de Isidoro Barrios y Antonia de la Cruz, dos militantes populares de la localidad madrileña de Las Rozas que aparecían en varias fotos e imágenes cerca de José Bono en el momento en el que el ex ministro fue supuestamente agredido. Barrios portaba una bandera española cuya asta se rompió en los forcejeos.
El PSOE reclama disculpas
Tres días después de los altercados durante la marcha de la AVT, Barrios y De La Cruz fueron arrestados y posteriormente puestos en libertad. La Audiencia Provincial consideró que las detenciones habían sido arbitrarias e ilegales y condenó al comisario jefe de la Brigada Provincial de Información, Rodolfo Ruiz, a cinco años de prisión, diez de inhabilitación especial y una multa de 2.160 euros; al inspector jefe Javier Fernández le impuso la misma pena de cárcel y de inhabilitación y a una multa de 1.080 euros; y al inspector José Luis González, secretario en la toma de declaración de los detenidos, le condenó a tres años de prisión, dos de inhabilitación y una multa de 1.080 euros por falsificación documental. Además, el tribunal fijó para los dos militantes del Partido Popular 12.000 euros de indemnización en concepto de “daño moral”.
A raíz de la sentencia en primera instancia, el PP exigió en sede parlamentaria la inmediata dimisión del entonces ministro del Interior José Antonio Alonso por, según el partido de oposición, haber ordenado la “detención política” de Barrios y De La Cruz.
Tras conocer el fallo, el ministro del Interior pidió al PP que “retire la catarata de insultos, descalificaciones e incluso calumnias” que, a su juicio, ha vertido en los últimos meses contra el Gobierno por su defensa de los tres policías. Alfredo Pérez Rubalcaba reclamó a los populares que pidan “públicamente disculpas” a los agentes, pues con estos ataques “han machado su trayectoria profesional”.
Desde el PP contestó el secretario de comunicación de Madrid, David Pérez, quien consideró que la decisión del Supremo “no exime de la gran responsabilidad política de ordenar la detención de unos militantes de un partido político contrario que asistían a una manifestación”.