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Juicio del caso Emarsa. Damián Torres
La Fiscalía aumenta hasta 24 años la petición de condenas para los cabecillas de Emarsa

La Fiscalía aumenta hasta 24 años la petición de condenas para los cabecillas de Emarsa

Esteban Cuesta y Enrique Crespo lideraron la supuesta trama corrupta que desvió 23,5 millones de euros de la empresa pública

efe

Valencia

Miércoles, 22 de noviembre 2017, 13:35

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La Fiscalía ha aumentado de 14 a 20 y 24 años de cárcel las peticiones de condena para Esteban Cuesta y Enrique Crespo, considerados cabecillas de la supuesta trama corrupta que desvió 23,5 millones de euros de la empresa pública Emarsa, que gestionó la depuradora de Pinedo.

Según el escrito de calificaciones definitivas, al que ha tenido acceso EFE, la Fiscalía pide 24 años de prisión para el exgerente de Emarsa Esteban Cuesta (12 al inicio del juicio), 20 para el expresidente Enrique Crespo (14) y 10 (14) para el ex alto cargo de Obras Públicas Juan José Morenilla, en todos los casos por falsedad, prevaricación y malversación, además de cohecho en el caso de Cuesta.

Además del caso de Morenilla, las fiscales han propuesto otra rebaja en la propuesta de condena para el otro ex alto cargo del Consell procesado, Ignacio Bernácer, de 14 a 3,5 años, tras haber admitido los hechos ante el tribunal y haber detallado cómo operaba supuestamente la operativa de desvío de fondos.

El Ministerio Público reclama que los principales acusados hagan frente, de forma solidaria y conjunta, a una indemnización de 23,5 millones de euros para las empresas matrices de Emarsa: Epsar (Generalitat) y Emshi (entidad metropolitana), además de los gastos del proceso de liquidación de Emarsa, que ascienden por el momento a 8,2 millones, más 3,2 millones en concepto de sanciones tributarias.

Las peticiones de penas contemplan 10 años para Enrique Arnal, 8 para Vicente Ros, Enrique Sena y Jorge Ignacio Roca, 7 para Daniel Calzada y Juan Carlos Gimeno, 5 para Sebastián García, Rafael Quiles y Eva María Marsal y 2,5 años para Adolfo Polo y María Paz García.

También 1 año, 9 meses y 1 día para José Ramón Cuesta, 11 meses para Antonio José Arnal, Vicente Tomás Benlloch, Luis Botella y Ana María Ríos, 10 meses y 3 días para Juan Manuel García y 9 meses para Santos Peral e Ignacio Martínez Maiques.

Estas nuevas conclusiones suponen un incremento de petición de pena de 3 años para Enrique Arnal, y una reducción para Adolfo Polo (de 7 años a 2,5), Rafael Quiles (de 6 a 5), María Paz García (de 3,5 años a 2,5), Juan Carlos Gimeno (de 8 a 7 años) y Antonio José Arnal (de 5 años a 11 meses).

También se reducen las peticiones para José Ramón Cuesta (de 4 años a 1 año, 9 meses y 1 día), Vicente Tomás (de 5 años a 11 meses), Luis Botella (de 4 años a 11 meses), Leonor Moreno ( de 5 años a 11 meses), Ignacio Martínez (de 6 años a 9 meses), Ana María Ríos (de 5 años a 11 meses) y Santos Peral (de 6 años a 9 meses).

Además de la facturación ficticia por obras y servicios no prestados en Emarsa, la Fiscalía concluye que los perjuicios causados por gastos en viajes particulares superan los 260.000 euros, que los gastos indebidos en hostelería y obsequios fueron cercanos a los 840.000 euros y que se cobraron sobresueldos por 146.000 euros, todas estas cantidades incluidas dentro de los 23,5 millones en los que se cifra el desvío de fondos públicos.

Advierte también el Ministerio Público que los perjudicados han llegado a un acuerdo sobre qué porcentaje de la indemnización les corresponde a cada uno de ellos, para el caso de que se dicte sentencia condenatoria.

Este pacto consiste en que de la cuantía indemnizatoria reconocida en el fallo corresponderá el 45 % a la Emshi y el 55 % a la EPSAR.

La Abogacía de la Generalitat, que representa los intereses de la EPSAR en esta causa, presentará unas peticiones de condena muy similares a las de la Fiscalía, según han informado a Efe fuentes del caso.

Por el contrario, las defensas centrarán buena parte de sus esfuerzos en rebatir el criterio jurídico por el cual se han sumado dos delitos de malversación a varios de los principales procesados (uno en el "negocio" de las obras y servicios en Emarsa y otro el del incremento injustificado del coste del tratamiento de los lodos), en lugar de un delito continuado, pues según han explicado a Efe contraviene el artículo 74 del Código Penal.

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