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Una sala de vistas en la Comunitat. :: lp
Cataluña cede y envía en castellano sus escritos al juez de Alicante

Cataluña cede y envía en castellano sus escritos al juez de Alicante

El magistrado rechazó en dos ocasiones los documentos porque el Estatuto sólo reconoce el castellano y el valenciano como lenguas cooficiales

A. RALLO

Viernes, 21 de abril 2017, 20:05

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La Generalitat de Cataluña ha dado su brazo a torcer en el pulso que mantenía con el juez de Alicante que rechazó sus escritos y exigió a la administración que los presentara en castellano. El Govern de Puigdemont hizo caso omiso de la primera solicitud en la que el magistrado le pedía que tradujera el contenido de su informe acerca de una cuestión de competencia que se resolvía en el órgano.

El titular del juzgado de lo Contencioso Administrativo 3 de Alicante rechazó el escrito porque ninguno de los estatutos de la Comunitat Valenciana -el de 1982 y la posterior reforma- «ha contemplado nunca ni reconocido la cooficialidad de la lengua catalana» en el territorio valenciano. De tal forma que no podía admitir la documentación remitida por el Ejecutivo de Puigdemont al entender que estaba en catalán. Dio diez días a la Abogacía de Cataluña para que tradujera sus argumentos. La respuesta no fue satisfactoria para los intereses del juez. La representación catalana mantuvo su postura.

Fue entonces cuando el juez introdujo en su contestación una advertencia que quizá ha hecho que la Generalitat modifique su planteamiento inicial. De nuevo concedió un periodo para la traducción del texto, pero añadió que si persistían con el catalán daría traslado de los hechos a la Fiscalía. Esto podía suponer una investigación del Ministerio Público por un delito de desobediencia. Finalmente nadie será necesario. Mientras, durante aproximadamente te un mes y medio, la causa ha estado paralizada, según lamentó el magistrado en su última resolución.

La ley permite utilizar indistintamente el castellano y la lengua que sea también cooficial en la comunidad en cuyo territorio tengan lugar las actuaciones judiciales. Esto tendrá plena validez tanto de manera oral -celebración de un juicio, por ejemplo- como escrita.

Las actuaciones en cualquiera de las lenguas cooficiales «surten plenos efectos sin necesidad de ser traducidas al castellano». Sin embargo, la norma establece dos excepciones que obligan a traducir «de oficio» los escritos. Una, cuando se presenten en juzgados de fuera de esa autonomía. Y dos, cuando las lenguas cooficiales «no sean coincidentes», es decir, el caso actual.

El juez en ningún momento entra en el planteamiento de si el catalán y el valenciano son la misma lengua y admite que puede existir cierta «discusión lingüística». Pero independientemente de esto, desde el punto de vista jurídico no existe tal controversia y la cuestión está perfectamente clara: «No estamos ante la misma lengua», explicaba en su resolución inicial. Sólo en Baleares se admitirían los escritos en catalán porque su Estatuto sí recoge la cooficialidad.

El titular del juzgado es José María Magán, un magistrado que se da la circunstancia de que estuvo prestando servicio en Lérida, pero finalmente pidió el traslado por la supuesta presión de la administración catalana ante las expresiones que utilizaba en sus sentencias. El magistrado llegó a decretar la nulidad de multas de tráfico porque la Generalitat se dirigía en catalán a un ciudadano sancionado por Tráfico pese a que este había solicitado que se comunicaran con él en castellano.

En el fallo, denunciaba la imposición del catalán frente al castellano cuando ambas son cooficiales. «La Administración decidió por sí misma e impuso que la única lengua del procedimiento administrativo fuera la lengua catalana. No es que el uso de la lengua catalana sea ya preferente, es que es el único... La Administración ha convertido esta posibilidad en una imposición», razonaba al respecto. El Poder Judicial llegó a imponerle sanciones económicas por tres faltas graves de los expedientes abiertos a raíz de las quejas del Gobierno de Artur Mas.

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