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El TSJ falla contra el Consell y le obliga a informar de la subvención a Carns de Morella

El TSJ falla contra el Consell y le obliga a informar de la subvención a Carns de Morella

Estima el recurso del PP y considera que debe facilitarse la información de los documentos que justificaban la ayuda de 140.000 euros

E. P.

Lunes, 20 de marzo 2017, 01:35

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valencia. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ valenciano ha reconocido el derecho del diputado del grupo popular en Les Corts José Císcar a recibir información de la Generalitat sobre la subvención de 140.000 euros que iba a otorgar a la empresa Carns de Morella -presidida por el jefe del Consell, Ximo Puig, hasta que dejó de ser alcalde del municipio castellonense-, y que finalmente fue sustituida por una línea genérica de 500.000 euros a convenios con mataderos.

De esta manera, el tribunal estima el recurso interpuesto por el dirigente popular contra la resolución de febrero de 2016 de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, que denegó la información solicitada por Císcar en relación a la subvención a la mercantil que recogía el proyecto de Ley de Presupuestos de la Generalitat para el pasado ejercicio. El departamento que dirige Elena Cebrián argumentaba que se modificó la línea de ayudas y que éstas buscaban reconvertir el matadero en ecológico.

En la sentencia, la Sala rechaza la postura de la Abogacía de la Generalitat Valenciana -que sostenía que el diputado no había agotado la vía parlamentaria en Les Corts y que no existían informes previos sobre el matadero ecológico-: «No la podemos admitir, una cosa son las opciones que tiene un diputado a la hora de ejercer sus funciones y otra el derecho que tiene siempre que se ajuste a los parámetros legales».

Por tanto, el TSJCV entiende que «la Generalitat no puede decirle a un parlamentario cómo puede ejercer» y que, solicitada la información, el Gobierno autonómico «está obligado a entregarla», como pone de relieve una sentencia previa del Tribunal Constitucional, que reconoce el derecho a acceder en condiciones de igualdad a cargos públicos.

Para el tribunal valenciano, la respuesta de la Administración «no tiene sentido con independencia de la normativa que se ha citado». «No es posible que el Consell apruebe un anteproyecto de presupuestos y lo remita a Les Corts con una línea en favor de una empresa privada de 140.000 euros, y que Agricultura diga que no existe ningún programa piloto ni informe ni documentos en la Conselleria». Ante esta situación, el TSJCV se pregunta «¿de dónde sale esa subvención normativa?» y «¿cómo logra entrar en el anteproyecto de presupuestos para 2016?».

Al respecto, la Sala recuerda que la ley estatal de 2003 sobre subvenciones públicas establece que «se deberán concretar en un plan estratégico los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación», así como los plazos, costes y fuentes de financiación».

«En definitiva, la documentación solicitada por el diputado se ajustaba a la normativa, siguió el procedimiento legal y no ha obtenido respuesta, por lo que se le ha impedido el ejercicio legítimo de sus funciones», zanja.

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