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Condenado a 8 años de prisión por captar a mujeres para viajar a Siria

La Audiencia Nacional considera que el joven marroquí de 23 años detenido en verano de 2015 en Alemania sufrió una radicalización exprés

Mateo Balín

Martes, 21 de febrero 2017, 15:58

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La Audiencia Nacional ha condenado a ocho años de cárcel como autor de un delito de captación y autoadoctrinamiento terrorista a un ciudadano marroquí de 23 años que manifestó en diversas ocasiones su intención de cometer un atentado es España contra la Policía, así como por captar a mujeres para incorporarlas a su proyecto yihadista y llevarlas a Siria.

En una sentencia, los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal imponen también a Ayoub Moutchou, detenido el 4 de agosto de 2015 en Alemania y entregado a España, donde cometió los delitos, la medida de libertad vigilada por tiempo de 8 años una vez cumplida la pena.

Los hechos probados de la resolución relatan que el acusado, desde marzo de 2015, utilizaba un perfil en Facebook con su nombre y la foto de un dirigente del Daesh desde el que publicó diversos mensajes con fotografías suyas con armas de fuego y algunos con contenido yihadista, en los que, entre otras cosas, manifestaba es que yo nunca duermo porque estoy conquistando el mundo.

Con posterioridad, ya en el mes de julio y tras la detención en una operación antiyihadista de Silvia Celestín en Lanzarote, el acusado mantuvo una conversación por whatsapp con su expareja a la que manifestó que ya no tenían intención de desplazarse a Siria, sino que deseaba cometer un atentado en España, pues deseaba entrar en la historia y conseguir la jannah/paraíso.

Pese a sus manifestaciones, durante los últimos días de julio y principios de agosto de 2015, el acusado mantuvo contactos telefónicos con miembros de DAESH y de la organización terrorista Jahbat Al Nusra, con uno de los cuales se concertó para realizar su desplazamiento a Siria durante las siguientes semanas, según considera probado el tribunal.

"Atentar contra los infieles"

El 26 de julio, continúa explicando la resolución, Ayoub Moutchou volvió a manifestar en otra conversación por whatsapp con una mujer no identificada que deseaba cometer un atentado en España contra la policía nacional, y, ante la oposición de su interlocutora, éste reiteró su intención de atentar contra los kufar/infieles por todas las detenciones que se han practicado a sus hermanos, en referencia a otros yihadistas.

De forma paralela, a lo largo también de julio, relatan los jueces, el acusado entabló contacto a través del móvil con una chica a la que trató de seducir, sacándola de su entorno para incorporarla a su proyecto yihadista, a pesar de las dudas que ella expresa, autoproclamándose representante del DAESH en Alemania.

Durante esas fechas mantiene los contactos con ella, indicándole los pasos a seguir para irse juntos a Siria, dice la sentencia. De igual manera, el acusado contactó con varias mujeres con la finalidad de convencerlas para que le acompañaran a Siria, hasta que fue detenido en agosto en Alemania.

La Sala considera que los hechos están plenamente acreditados y describen el proceso paulatino y extremadamente rápido en el que el acusado se va radicalizando y autoadoctrinando en la ideología y terrorismo yihadista, hasta el punto de que manifiesta de forma clara su intención de llevar a cabo un atentado de esta naturaleza en España, en concreto contra la Policía, para después dirigirse a Siria a combatir integrado en alguna organización terrorista.

Los magistrados se decantan por el delito de captación y autoadoctrinamiento frente a la tesis principal de la Fiscalía, de integración en organización terrorista (diez años de cárcel) puesto que el acusado, a pesar de encontrarse en la última fase de su radicalización y autoadoctrinamiento, no se integró finalmente en el DAESH debido a su detención.

El tribunal presido por Concepción Espejel, y con ponencia de Enrique López, analiza los tipos penales del reformado Código Penal de 2/2015 y concluye que el caso enjuiciado es paradigmático, puesto que se ha probado con plena certidumbre un agotado y cumplido estado del autoadoctrinamiento alcanzado por el acusado, habiéndose acreditado también que no sólo había adquirido el sustrato ideológico suficiente como para poder integrarse en una organización terrorista de corte islámico, sino que estaba decidido y resuelto a hacerlo, restándole un acto final de juramento de fidelidad.

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