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La vicepresidenta de la Diputación y portavoz de EU, Rosa Pérez.
Un informe jurídico insta a apartar de Imelsa a la diputada de EU Rosa Pérez

Un informe jurídico insta a apartar de Imelsa a la diputada de EU Rosa Pérez

El documento, en poder del presidente de la Diputación desde hace un mes, recuerda que la vicepresidenta está investigada en la causa

FERRIOL MOYA

Jueves, 19 de enero 2017, 20:50

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Un informe elaborado por la asesoría jurídica externa contratada por Divalterra, la denominación de la nueva Imelsa, recomienda al presidente de la Diputación de Valencia, Jorge Rodríguez, que aparte a la vicepresidenta de la institución, Rosa Pérez, del consejo de administración de la firma. El documento, encargado por la cogerente de la empresa provincial, Agus Brines, lleva en poder de Rodríguez desde hace prácticamente un mes, aunque éste no ha adoptado ninguna decisión al respecto.

El documento al que ha tenido acceso este diario aborda, a petición de la empresa provincial, la existencia de un eventual conflicto de intereses entre la firma, acusación particular en la causa abierta en los tribunales de justicia por presuntos delitos de malversación, prevaricación y blanqueo, entre otros, y la situación de la diputada, portavoz de EU en la institución provincial, y que se encuentra investigada en la pieza de las contrataciones irregulares en esta firma. Y tras recordar que a la diputada y consejera de la firma se le atribuye «con carácter indiciario la comisión de un hecho punible en una investigación penal en la que figura la sociedad como perjudicada», considera que «no cabe duda» de que la consejera se encuentra en esa situación de conflicto de intereses «puesto que es evidente que su interés será evitar una condena penal mientras que el de la sociedad, en tanto que víctima del delito será que condene a la solicitante máxime teniendo en cuenta que una condena penal puede llevar aparejada la obligación de indemnizar al perjudicado».

La empresa provincial solicitó la elaboración de este informe a raíz de las peticiones de documentación planteadas por Pérez a la nueva Imelsa. Entre ellas, copia íntegra de los trabajos realizados por Emma Ramón la letrada contratada por la firma provincial para representar los intereses judiciales de la firma. La búsqueda de esa información, que se trató de revestir con dudas sobre la labor de la letrada -que disipó otro informe jurídico- hizo sospechar a los responsables de Divalterra que lo que en realidad buscaba Pérez podría ser conocer la estrategia judicial de la empresa.

El informe elaborado por Tomarial, la asesoría jurídica externa contratada por Divalterra, constata que Pérez tendría, dada su situación, la obligación de abstenerse de intervenir en lo que pueda estar vinculado con su situación de conflicto, y la de comunicar la existencia del citado conflicto. El documento, con fecha de 15 de diciembre, constata que Pérez no ha comunicado nada a la firma provincial, «con lo que podemos concluir que, cuanto menos, la solicitante (Pérez) ha incumplido su obligación de diligencia como consejera de Divalterra».

El despacho de abogados aborda en el texto las opciones sobre la mesa ante esta situación. Y advierte de que la «no adopción de medida alguna por parte del consejo de administración (y en concreto, la inacción de su presidente -Jorge Rodríguez- podría generar responsabilidad solidaria del mismo por los daños que, eventualmente, pudiera sufrir la sociedad».

El documento considera ineludible y que forma parte del «deber de diligencia del consejo» la convocatoria sin demora de una junta general -funciones que ejerce el pleno de la Diputación- «para abordar el cese del administrador en situación de conflicto». El despacho de abogados reconoce que esa junta no tiene una obligación general de relevar a los administradores que incurran en incompatibilidad, siempre y cuando el hecho resulte «inocuo para el patrimonio de la sociedad». Pero en este caso, se puntualiza, «dada la gravedad del conflicto existente entre la sociedad y la consejera, parece razonable entender que la junta general no tiene margen de opción». Textualmente, ya en el capítulo de conclusiones, el informe señala que la junta -en la que Pérez no podría votar- «deberá necesariamente proceder a la remoción de la administradora respecto de la que existe conflicto».

El informe remarca que el presidente del consejo de administración de la nueva Imelsa podría privar del derecho de voto y de información a la consejera afectada. Sin embargo, aprecia que la condición de diputada de Pérez convierte su presencia en el consejo como una expresión del pluralismo político. Otra cosa es que el consejo, se señala, podría acordar la suspensión de forma cautelar del derecho de información del consejero hasta que se pronunciara la junta general.

El documento recalca que la sociedad, incluso frente a las peticiones de información que Pérez pudiera hacer «al amparo de la normativa de transparencia», debería de negárselas al amparo de lo que constata la propia ley de transparencia, que alude en su artículo 14 a que el derecho de acceso podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para la prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios o para la garantía de confidencialidad en procesos de toma de decisión.

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