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Tomás Miguel Madina Echevarría.
La persona juzgada por planear un atentado contra Patxi Lopez no es un «miembro legal» de ETA

La persona juzgada por planear un atentado contra Patxi Lopez no es un «miembro legal» de ETA

El Supremo rebaja de siete a dos años y medio de prisión la condena a Tomás Miguel Madina por recibir adoctrinamiento terrorista

Mateo Balín

Viernes, 13 de enero 2017, 18:35

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El Tribunal Supremo ha estimado de forma parcial el recurso de casación de la defensa de Tomás Miguel Madina Echevarría, condenado a siete años de prisión por la Audiencia Nacional por integración en la banda terrorista ETA.

Madina Echevarría fue juzgado por dos delitos de asesinato en grado de conspiración: la preparación en 2009 de un atentado contra el entonces lehendakari Patxi López y su consejero del Interior Rodolfo Ares, tal y como apreció el juez instructor Eloy Velasco. Sin embargo, el tribunal de la Sección Cuarta de la Sala Penal le absolvió por estos hechos al no existir indicios suficientes, pero le condenó por pertenencia a ETA.

Ahora, la Sala Segunda (Penal) del Supremo rebajó aún más su incriminación y sentenció que tampoco existen pruebas para considerarle un «miembro legal» de la banda terrorista, es decir, uno de los integrantes que realizan labores para ETA y están a su disposición mientras lleva una vida laboral y personal aparentemente legal.

Entre los indicios tenidos en cuenta por la Audiencia Nacional estaba la aparición de un alias atribuido a Madina Echevarría, 'Basurde', en varias agendas de etarras incautadas, como la del entonces jefe del aparato militar Mikel Garikoitz Aspiazu, alias 'Txeroki'. También su participación en un curso de adiestramiento el 1 y 2 de agosto de 2010 en la localidad francesa de Castres. Pero la Sala Segunda del alto tribunal lo considera insuficiente y concluye que «no existe prueba que preste soporte a que el acusado estuviera integrado en la organización terrorista».

Por todo ello, el tribunal reduce los siete años de prisión iniciales a dos años y medio por un delito de recepción de adoctrinamiento terrorista. Una pena menor cuando el juez Velasco le llegó a procesar por delitos tan graves como conspiración para el asesinato de Patxi López y Rodolfo Ares.

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