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Arrimadas (c), Iceta (i) y Albiol (d) presentan los recursos de amparo.
El Constitucional rechaza por unanimidad suspender el debate de la moción secesionista

El Constitucional rechaza por unanimidad suspender el debate de la moción secesionista

El tribunal considera que no se debe distorsionar el momento asignado por el Ordenamiento constitucional a cada institución

Alfonso Torices

Jueves, 5 de noviembre 2015, 02:11

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El Tribunal Constitucional ha rechazado en la tarde de este jueves por unanimidad suspender de forma cautelar el debate que el Parlamento de Cataluña celebrará el lunes para aprobar una declaración que activa el proceso de ruptura con España y que insta a las instituciones catalanas a desconectarse de las leyes españolas y a desobedecer las resoluciones de sus tribunales.

En sendos autos, el tribunal de garantías señala que pese a ser consciente del "riesgo" de que el Pleno del Parlament apruebe una resolución acorde con la propuesta separatista anunciada "ello no debe llevar a distorsionar el momento asignado por el Ordenamiento constitucional a cada institución para ejercer sus competencias".

Añaden que aunque la ley permitiría suspender cautelarmente la ejecución de cualquier acto que sea objeto de un recurso de amparo, hay que tener en cuenta que el Parlamento "es la sede natural del debate político" y el resultado de este debate "no debe condicionar anticipadamente la viabilidad misma del debate".

El Constitucional, sin embargo, sí que admitió por unanimidad estudiar los recursos de amparo de Ciudadanos, PP y PSC, que consideran vulnerados sus derechos de representación y participación política por la Mesa del Parlament por aceptar tramitar una moción que de forma "palmaria" viola la Carta Magna y por desbordar el reglamento de la propia cámara para forzar su debate urgente el próximo lunes. El pleno acepta analizar el fondo de la impugnación por su "especial trascendencia constitucional" y porque "plantea cuestiones sobre las que no hay doctrina de este tribunal y el asunto suscitado trasciende del caso concreto, planteando una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social, con consecuencia políticas generales".

La corte acuerda dar traslado de los recursos al Parlamento Catalán, por si quiere personarse en las causas abiertas, y le dirije una comunicación en la que le da un plazo máximo de diez días para que le remita "certificación o copia adverada de las actuaciones parlamentarias correspondientes a los acuerdos impugnados", que son los de la Mesa del Parlament que, por mayoría de Junts pel Sí, admite tramitar la moción independentista, el de la presidenta de la cámara que convoca una junta de portavoces sin que el PP tenga grupo constituido para rechazar las objeciones de la oposición, y el de la Mesa que rechaza las peticiones de reconsideración y vuelve a dar por buena la admisión a trámite de la moción y su debate en pleno.

Es la primera actuación de la corte encaminada a investigar, debatir y resolver el fondo del asunto.

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