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PP y PSOE recuperan el recurso previo de inconstitucionalidad para los estatutos

PP y PSOE recuperan el recurso previo de inconstitucionalidad para los estatutos

Quieren evitar otro choque de legitimidades como el vivido con el Estatut, cuando el Constitucional mutiló un texto ya aprobado en referéndum

Alfonso Torices

Jueves, 16 de julio 2015, 11:52

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El Congreso aprobará esta tarde, con el apoyo de PP y PSOE y la oposición de IU y los nacionalistas, la modificación legal que volverá a introducir en el ordenamiento jurídico español el recurso previo de inconstitucionalidad, pero en este caso solo circunscrito a los estatutos de autonomía. El cambio entrará en vigor en septiembre, cuando sea ratificado por el Senado.

Esta figura permitirá que el Tribunal Constitucional, a instancia del Gobierno, el Defensor del Pueblo, alguna autonomía o un grupo de 50 diputados o senadores, pueda pronunciarse sobre la legalidad de la reforma de un estatuto de autonomía aprobado por las Cortes antes de que se convierta en ley y, sobre todo, antes de que sea sometido a referendo entre los ciudadanos de su comunidad en los casos de Euskadi, Cataluña, Galicia y Andalucía.

Para ello, una vez aprobado el texto definitivamente por el Congreso, y antes de su promulgación como ley en el BOE, se abrirá un plazo de solo tres días para interponer el recurso previo que, de plantearse, paralizará la publicación y posterior referendo hasta que el Constitucional dicte sentencia.

Si la corte de garantías, que tiene que dar prioridad absoluta al recurso y que solo cuenta con seis meses improrrogables para resolver, no introduce cambios el texto se convertirá en ley o será plebiscitado si es preceptivo. Si el tribunal, por el contrario, declara inconstitucional algún artículo, el Congreso deberá introducir las modificaciones pertinentes para que el texto definitivo pueda convertirse en ley o pasar el referéndum.

El planteamiento de este recurso previo no impide que con el estatuto ya convertido en ley se puedan plantear con posterioridad otras impugnaciones de constitucionalidad.

30 años después

Con la recuperación de la figura, derogada en 1985 por haberse convertido en un arma de la oposición para paralizar la entrada en vigor de muchos proyectos de ley del Gobierno de Felipe González, se trata de evitar un choque de legitimidades como el que ocurrió en 2010, cuando el Constitucional, a raíz de un recurso del PP, derogó 14 artículos del nuevo Estatut de Cataluña que ya había sido aprobado en referéndum en 2006.

Hasta ahora, el único control posible sobre la legalidad de los estatutos es el recurso ordinario de inconstitucionalidad, que no se puede plantear hasta que el texto ya está en vigor.

Los nacionalistas e IU no solo rechazaron el recurso previo sino que reclamaron sin éxito que se prohíba la posibilidad de impugnar ante el Constitucional los estatutos, que creen que deben ser fruto de un pacto político entre los parlamentos autonómicos y el nacional. Consideran que con el recurso previo se convierte al Constitucional, un tribunal que consideran politizado y desprestigiado, en una tercera cámara legislativa no prevista en la Carta Magna.

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