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Cospedal y Bárcenas, en el juicio.
Bárcenas deberá pagar 50.000 euros a Cospedal por vulnerar su honor

Bárcenas deberá pagar 50.000 euros a Cospedal por vulnerar su honor

La Audiencia de Toledo revoca la sentencia porque el extesorero del PP o su entorno quisieron publicar los papeles de la 'caja B'

Mateo Balín

Viernes, 6 de febrero 2015, 12:27

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La Audiencia Provincial de Toledo ha estimado el recurso presentado por la defensa de María Dolores de Cospedal, presidenta de Castilla-La Mancha y secretaria general del Partido Popular, contra el extesorero popular Luis Bárcenas por vulneración del honor. La sentencia, que no es firme, confirma la lesión del derecho y condena a Bárcenas a pagar 50.000 euros a Cospedal, quien pedía el doble de dinero. La defensa del extesorero ya ha anunciado que recurrirá en casación al Tribunal Supremo.

La sección segunda de la Audiencia de Toledo ha revocado la sentencia del juzgado de primera instancia número dos, que paralizó la resolución de la demanda civil de Cospedal hasta que no concluyera la causa penal de la caja B del PP que se sigue en la Audiencia Nacional.

La decisión del tribunal atiende a la falta de fundamentación de la prueba durante el juicio. Es decir, que en la vista oral no ha quedado claro quién le entregó los papeles de la contabilidad opaca del PP al diario El País, en virtud de los cuales Bárcenas acusó a Cospedal de cobrar sobresueldos en negro y de recibir 200.000 euros para su campaña de 2007 procedente del presunto cohecho de una empresa a cambio de un contrato en Toledo.

Señala la sentencia que la declaración como testigo del director de El País, Javier Moreno, fue ambigua y no aclaró cómo llegaron los papeles al periódico, no ya en lo referente a la autoría de la entrega, que no es el caso, sino al momento, modo, lugar, si fue a petición del periódico o motu propio de quien los tuviera. Se trata, a juicio de la sala, de un testimonio débil, autoprotector e inoperante acerca del hecho discutido, pese a que Moreno aseguró en el juicio que no había sido Bárcenas.

Hubo intencionalidad

El tribunal llega a la conclusión de que fue el demandado (Bárcenas) o persona de su orden quien entregó los documentos a El País, porque éste se ha reunido con periodistas y colaboradores del periódico en varias ocasiones antes de la aparición de la publicación de los papeles, llevándolos siempre consigo en esas reuniones.

En resumen, según el fallo el extesorero del PP tuvo la intención de que los papeles se publicaran, lo que originó la posterior demanda civil interpuesta por Cospedal por vulneración del honor. Asimismo, la sala asegura que no hay contradicción entre el procedimiento civil y penal, por más que los hechos sean conexos.

Justifica que las normas jurídicas se interpretan en su conjunto, y cuando aparentemente se contradicen, debe aplicarse con preferencia aquella que parece a más adecuada a la consecución del efecto deseado. Y en este caso, el efecto buscado es que no exista "colisión de derechos" entre la libertad de expresión y la vulneración al honor.

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