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Semáforo en una carretera de Catarroja. J.J. Monzó
El Supremo anula la multa impuesta por el semáforo 'foto-rojo' de Catarroja

El Supremo anula la multa impuesta por el semáforo 'foto-rojo' de Catarroja

La sanción no es válida porque el dispositivo no está sujeto a «control metrológico»

efe

Valencia

Viernes, 5 de enero 2018, 16:56

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La Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la anulación de una multa impuesta, mediante una imagen captada por el dispositivo denominado "foto-rojo" -que hace fotos en semáforos para captar infracciones-, a una conductora por saltarse un semáforo en Catarroja (Valencia).

En la sentencia, difundida hoy por la asociación Automovilistas Europeos Asociados, la Sala no admite el recurso de casación en interés de la ley interpuesto por el Ayuntamiento de Catarroja contra la sentencia de 9 de noviembre de 2014 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Valencia, que decretaba la nulidad de las sanciones de 200 € y detracción de cuatro puntos impuestas por este municipio a una conductora que supuestamente rebasó un semáforo en rojo.

También impone al Consistorio el pago de unas costas de 2.000 euros.

El juzgado de Valencia entendió que la prueba no era válida porque el dispositivo "foto-rojo" que captó la supuesta infracción «debe estar sujeto, y en el caso que analizó y resolvió, no lo estaba, a control metrológico», pero el Ayuntamiento argumentó en su recurso que ese dispositivo «no está sujeto a control metrólogico al no pesar, contra ni medir nada».

Ahora los magistrados del Supremo concluyen que el Ayuntamiento pretende que la Sala declare como doctrina legal «que una imagen captada por un dispositivo exento de control metrológico es un medio de prueba válido para sancionar», algo que ellos no rechazan, pero sí se oponen a que «el dispositivo 'foto-rojo' esté exento de control metrológico», porque entienden que sí hace mediciones.

La asociación Automovilistas Europeos Asociados ha afirmado, en un comunicado, que esta resolución judicial «reitera nuevamente» lo que ya dijo en noviembre de 2015 sobre las infracciones de semáforo captadas por este sistema, en contestación a otro recurso planteado por el Ayuntamiento de San Sebastián (Guipúzcoa), «y que fue el motivo por el que desde entonces el consistorio donostiarra dejó de utilizar este sistema de captación de imágenes de dudosa legalidad».

Subraya que desde hace una década la asociación denuncia «la inseguridad jurídica y falta de garantías de este sistema de captación de imágenes» y ya hay más de un centenar de sentencias que han anulado sanciones impuestas de esa forma.

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