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Catarroja multa a dos hosteleros y tres clientes por fumar en las carpas

La Policía Local inicia una campaña informativa entre los locales y las sanciones se han impuesto por reincidir tras ser avisados

ADA DASÍ

CATARROJA.

Sábado, 30 de diciembre 2017

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Dos hosteleros y tres clientes de locales han sido multados por la Policía Local de Catarroja por incumplir la normativa de prohibir fumar en las carpas exteriores cubiertas con al menos dos lados cerrados. Las sanciones para los empresarios se elevan a 600 euros, mientras que los usuarios tendrán que hacer frente al pago de una sanción de 30 euros.

Las multas se han impuesto después de que los agentes comprobaran que eran reincidentes en el incumplimiento de la prohibición, ya que, a lo largo de este mes, los policías han visitado los locales hosteleros en una campaña informativa sobre el consumo de productos del tabaco en el interior de las carpas de establecimientos públicos.

Dentro de esta iniciativa, la Policía Local ha inspeccionado los 41 bares y restaurantes del municipio que cuentan con una de estas instalaciones en vía pública, para informar a los propietarios sobre la ley 42/2010, que regula las medidas sanitarias frente al tabaquismo y el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.

Esta ley dispone que «está totalmente prohibido fumar en el interior de bares, restaurantes y otros establecimientos de restauración cerrados». Y que, de este modo, «únicamente se podrá consumir productos de tabaco en espacios al aire libre, entendiéndose como todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto, esté rodeado lateralmente por un máximo de dos muros o paramentos».

Los agentes han informado a los propietarios de esta normativa, que en el caso de las carpas, explícita que «sólo se puede consumir productos de tabaco en su interior si, como máximo, están cubiertas además del techo, dos de las cuatro posibles partes laterales». Según señalan fuentes municipales, «esta normativa se estaba incumpliendo reiteradamente, vulnerando la salud pública de la ciudadanía».

La policía también se ha encargado de comunicar a los propietarios las sanciones derivadas del incumplimiento de la citada normativa que comprenden desde los 30 euros hasta los 600 euros para el cliente, y de 601 euros a 10.000 para el titular responsable del establecimiento.

Una vez finalizada la campaña, unos días después se detectó nuevamente el incumplimiento de la normativa en dos de los locales visitados, lo que conllevó la aplicación de sanciones a los dos establecimientos y tres clientes. El concejal de Seguridad Ciudadana, Martí Raga, advierte que el objetivo «no es recaudatorio, sino que ha sido el de informar sobre la legislación aunque en estos casos se procedió a multar porque ya estaban avisados y se había incumplido la prohibición de forma reiterada».

Raga señala que, con estas inspecciones, «la Policía Local se convierte en pionera en la comarca en defensa de los derechos de los consumidores y en velar por la salud pública». El concejal insiste en que «primero, hemos realizado una campaña de información e inspección de oficio» y añade que, en general la iniciativa «ha tenido una buena acogida entre los comerciantes porque muchos de ellos ignoraban la normativa actual».

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