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MARINA COSTA
Viernes, 15 de junio 2018, 17:47
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El largo litigio entre el Ayuntamiento de Paterna y la contrata encargada de la recogida de la basura se ha resuelto con una multa. El Juzgado de lo Contencioso número 6 de Valencia ha reconocido el «incumplimiento en la prestación» del Servicio de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos cometido por la empresa concesionaria, a la que le ha impuesto la obligación de pagar la suma de 359.137 euros más intereses, lo que supone una cantidad total de 379.000.
El contencioso fue interpuesto en noviembre de 2011 por la mercantil contra la decisión de la corporación paternera de proceder a la resolución del contrato, una vez conocido el incumplimiento en el servicio y tras una consulta previa realizada al Consell Juridic Consultiu de la Generalitat Valenciana, en la que se determinó que la corporación estaba en su derecho de rescindir la relación contractual. Sin embargo, la corporación optó por efectuar una resolución de contrato «de forma cautelar», a la espera de esta sentencia que se ha conocido ahora, según explican fuentes municipales.
Con recurso
El fallo judicial reconoce el incumplimiento denunciado por Paterna, anula la resolución del contrato e impone el pago de 359.137 euros, más intereses.
La sanción corresponde a la suma de los 73.044 euros pagados cada año por la corporación, cuantía que se refiere al periodo de trabajo comprendido entre octubre de 2006 y septiembre de 2011.
El fallo judicial no es firme y es recurrible por ambas partes, que disponen de un plazo de quince días para hacerlo. Fuentes municipales señalaron ayer que en los próximos días «nos sentaremos con la empresa para buscar una solución definitiva al conflicto».
El incumplimiento se produjo desde el inicio del servicio de recogida, en el año 2006. Sin embargo, no fue detectado hasta 2011 cuando así lo determinó un informe del funcionario municipal responsable del servicio.
En este documento se puso de manifiesto que el servicio de recogida que debía trabajar en los polígonos industriales del municipio lo hacía durante dos horas por la mañana, en lugar de las ocho comprometidas.
También quedó probado que por las tardes «el servicio terminaba antes de las 23 horas comprometidas y que, en determinados casos, se utilizaba el mismo camión de recogida para La Canyada y los polígonos industriales».
Por todo ello la empresa concesionaria estaba facturando un sobre coste correspondiente a medios «no utilizados, cuantificados en un camión, un conductor y un operario, durante 247 días al año». Esa cuantía deberá ahora volver al Consistorio con la resolución de esta sentencia.
Según apuntaron ayer fuentes municipales, la diferencia entre lo facturado y lo realmente prestado supuso «un 32% de incremento en el servicio concreto y de un 3%», atendiendo al presupuesto de la contrata en su conjunto.
La alcaldesa, Elena Martínez, ha indicado que «los responsables públicos tenemos la obligación de velar por el bien de la ciudadanía y al observar un incumplimiento debemos actuar con la máxima contundencia aunque siempre con la debida precaución y absoluto respeto a la Ley». Martínez añadió que «seguiremos exigiendo el cumplimiento íntegro de éste y de todos los servicios que se prestan a la ciudadanía y en el caso de la limpieza viaria y la recogida de residuos sólidos urbanos esperamos conseguir una mejora considerable del servicio».
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