Borrar
Urgente Seis personas mueren al ser arrolladas por un camión en un control de tráfico en Sevilla
FOTOLIA
Estar de guardia desde casa es parte de la jornada laboral

Estar de guardia desde casa es parte de la jornada laboral

El Tribunal de Justicia de la UE establece que debe considerarse como tiempo de trabajo cuando «limita» que el empleado se pueda dedicar mientras a «sus intereses personales y sociales»

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Miércoles, 21 de febrero 2018

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Estar de guardia durante un período y lugar determinados ha de considerarse tiempo de trabajo y, por tanto, aunque no haya que realizar una labor específica, debe ser computado como parte de la jornada laboral. De esta forma el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha zanjado una polémica tradicional respecto hasta qué punto ambas circunstancias iban unidas y los derechos que asisten a ese respecto a los trabajadores.

En una sentencia publicada este miércoles la curia comunitaria va incluso un paso más lejos, al advertir a los gobiernos de los Veintiocho de que no pueden establecer distinciones en este asunto por categorías laborales –en el caso juzgado se analizaba la situación de un bombero belga– respecto a las obligaciones que comprende la normativa europea. No obstante, sí podrían introducir disposiciones en su derecho nacional sobre la duración del tiempo de trabajo y los períodos de descanso.

Eso sí, puntualiza el TJUE que en tal caso las modificaciones tendrían que ser para establecer supuestos más favorables a los trabajadores que los recogidos por la directiva europea. Y lo mismo podrán realizar en materia de salud y seguridad en el trabajo.

Y es que el fallo del tribunal sobre las guardias laborales es una excepción a su propia jurisprudencia sobre la regulación del tiempo de trabajo, que hasta ahora consideraba de forma general que las guardias localizadas –es decir, aquellas en las que el trabajador ha de poder ser avisado por la empresa– no se consideraban parte de la jornada laboral.

Plazo muy reducido

La salvedad que introduce ahora se refiere a la «obligación de permanecer físicamente en un lugar determinado por el empresario y la restricción que, desde el punto de vista geográfico y temporal, supone la necesidad de presentarse en el lugar de trabajo» en un plazo muy reducido de tiempo (en este caso, ocho minutos). Todo ello, destaca el tribunal, «limita de manera objetiva las posibilidad del trabajador de dedicarse a sus intereses personales y sociales», por lo que habría causa para compensarle.

Sin embargo, los magistrados europeos prefieren no ir más lejos a ese respecto, dado que la normativa comunitaria no regula la retribución de los trabajadores por estar fuera de las competencias de la Unión. De esta forma, aquí sí cada Estado miembro pueden desarrollar una normativa con condiciones distintas sobre los salarios laborales, tanto en lo que afecta al tiempo de trabajo como a los periodos de descanso. Estos últimos, de hecho, pueden incluso no llegar a remunerarse.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios