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Las empresas no tendrán límite temporal para compensar bases imponibles negativas

Las empresas no tendrán límite temporal para compensar bases imponibles negativas

Las pymes que facturen hasta un millón de euros podrán utilizar todas sus pérdidas para compensar beneficios

Amparo Estrada

Lunes, 23 de junio 2014, 14:26

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La crisis ha provocado que muchas empresas registraran pérdidas que, con la reforma fiscal, van a poder compensar con los beneficios futuros sin tantas limitaciones como fija la ley ahora.

En concreto, ahora sólo se puede utilizar el 25% de las bases imponibles negativas para reducir beneficios en el Impuesto sobre Sociedades. Ese umbral se eleva hasta el 60% en la reforma y, además, se elimina el límite temporal de 18 años como plazo para poder compensar las pérdidas. No habrá límite de años y las pymes que facturen hasta un millón de euros podrán utilizar todas sus pérdidas -sin el límite del 60%- para compensar beneficios.

Esta modificación permitirá mejorar la solvencia de las empresas, según el secretario de Estado de Hacienda. Sin embargo, también afectará a la recaudación futura del Impuesto sobre Sociedades -ya muy reducida en la actualidad- porque durante los seis largos años de crisis se han acumulado muchas pérdidas que reducirán significativamente los beneficios por los que se tributará en los próximos años.

Junto con ello, se han introducido dos beneficios fiscales por los que las empresas no tributarán por el beneficio no distribuido, con ciertas condiciones. Así, habrá una reserva de nivelación por la cual el beneficio no distribuido que se destine a esa reserva con el fin de capitalizarse para poder afrontar pérdidas futuras no tributará, lo que significa "adelantar el efecto de compensación de una base negativa", según ha explicado el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferrer, en rueda de prensa. Se trata de "premiar a las empresas que ahorren", ha concluido.

Además, se crea la reserva de capitalización, que significa que las empresas podrán destinar hasta el 10% del beneficio a una reserva que destinarán a la inversión y podrán deducirla en el impuesto. El fin es promover la financiación empresarial y reducir la dependencia del apalancamiento.

El tipo nominal general del Impuesto sobre Sociedades se reduce del 30% al 25%, aunque las pymes mantendrán el tipo nominal actual del 25% y las entidades financieras seguirán con un tipo nominal del 30%. Sin embargo, no es muy relevante cuál es el tipo nominal de la banca porque su tipo efectivo es muy inferior y con la acumulación de créditos fiscales que tienen y la posibilidad de compensar bases imponibles negativas en mayor medida sin límite temporal hace aun más irrelevante el tipo nominal.

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