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Preparación de una cesta de Navidad.
El Supremo establece que la empresa debe mantener la cesta de Navidad aunque vaya mal

El Supremo establece que la empresa debe mantener la cesta de Navidad aunque vaya mal

Considera en una sentencia que se trata de un derecho adquirido si se viene repitiendo en el tiempo, por lo que está obligada a mantenerlo aunque empeore su situación económica

Rosario González

Jueves, 8 de diciembre 2016, 15:24

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El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia según la cual, si una empresa ha entregado a los trabajadores una cesta de Navidad de forma continuada, deberá seguir haciéndolo incluso aunque la situación económica de la empresa empeore.

El Alto Tribunal, en una sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, considera que se trata de una condición más beneficiosa o derecho adquirido por los trabajadores al haberse repetido su entrega en el tiempo, y establece que la empresa está obligada a mantener este beneficio. Asimismo, señala que, al tratarse de una concesión de carácter colectivo, solo puede ser suprimida a través de un pacto con los trabajadores.

La sentencia, que sienta jurisprudencia, fue dictada el 21 abril de 2016 sobre el caso de una empresa que entregaba cada año la cesta de Navidad a sus empleados y que, tras fusionarse con otra empresa que no llevaba a cabo esta concesión, decidió suprimirla.

Sin embargo, el Supremo considera que "el citado beneficio venía siendo disfrutado desde tiempo inmemorial, de forma persistente y en las mismas condiciones" y considera "patente" la "voluntad inequívoca de la empresa de conceder este beneficio", hasta el punto de que "todos los años el Departamento de Recursos Humanos elaboraba la lista de beneficiarios y la remitía al Departamento Comercial, que adquiría el producto y lo enviaba al almacén, se informaba al personal de que ya estaban dispuestas las cestas y las recogían en el almacén de la empresa, participando el Comité de Empresa en la elección de la calidad de los artículos". Además, continúa la sentencia, "dicho beneficio se hacía constar en la oferta de empleo efectuada por la empresa al personal técnico".

De esta manera, el Supremo modifica la doctrina según la cual la entrega de la cesta de Navidad se consideraba un acto de liberalidad de la empresa y, por tanto, no estaba obligada a mantenerla.

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