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Sede del Tribunal Constitucional. EFE
El Constitucional anula la jornada de 35 horas de los funcionarios andaluces

El Constitucional anula la jornada de 35 horas de los funcionarios andaluces

El tribunal considera que la decisión de la comunidad de rebajar las 37,5 horas invade las competencias del Estado

David Valera

Madrid

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Viernes, 15 de diciembre 2017, 14:03

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El Tribunal Constitucional ha anulado la jornada de 35 horas de los funcionarios andaluces al considerar que "vulnera las normas dictadas por el Estado en el ejercicio de su competencia para regular el régimen jurídico de las administraciones públicas". Es decir, da la razón al Gobierno, que había presentado un recurso contra la decisión del Ejecutivo andaluz de rebajar la jornada de 37,5 horas de los empleados públicos.

En realidad, el decreto-ley 5/2016, de 11 de octubre, por el que se regulaba esta reducción de jornada ya había sido suspendido temporalmente por el alto tribunal al presentar el Gobierno central un recurso contra él. Ahora el Constitucional dictamina que esa normativa "resulta incompatible"con la ley estatal. En cualquier caso, la sentencia cuenta con el voto particular en contra del magistrado Fernando Valdés Dal-Ré.

Los sindicatos han criticado al Gobierno por interponer el recurso. De hecho, desde UGT, CC OO y CSIF habían advertido de que si se derogaba esta normativa podía provocar la pérdida de 10.000 puestos de trabajo. En concreto, desde CSIF reclamaron al Gobierno que "reabra la negociación" sobre la reducción de la jornada laboral en el marco de la Mesa General de las Administraciones Públicas.

La jornada laboral de los funcionarios fue ampliada de 35 a 37,5 horas semanales por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2012. Con la mejora de la economía los sindicatos han pedido la vuelta a la situación previa a la crisis, algo a lo que el Ejecutivo se ha negado.

De hecho, desde el Ministerio de Hacienda siempre han supeditado cualquier cambio en la jornada laboral de los empelados públicos a un acuerdo general y no a decisiones unilaterales de las comunidades autónomas.

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