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Anuncio de hipoteca en el escaparate de una oficina bancaria. EC

Qué gastos de la hipoteca se pueden recuperar tras la última sentencia del Supremo

El alto tribunal impide ahora al aconsumidor reclamar por el impuesto de AJD pero la OCU se basa en la sentencia de 2015 para seguir exigiendo el resto de gastos de hipoteca

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Valencia

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Lunes, 26 de marzo 2018, 23:46

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Una sentencia del Tribunal Supremo de 2015 abría la puerta a que el consumidor pudiera recuperar al menos una parte de todos los gastos generados en la firma de una hipoteca, básicamente: gastos de notaría, registro de la propiedad, gestoría, tasación del inmueble y el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD). Sin embargo, otra sentencia del Supremo hecha pública el 28 de febrero establece cambios sobre los gastos de la hipoteca que puede recuperar el consumidor.

La última sentencia, que discrepa del criterio marcado por la primera sentencia del mismo Tribunal Supremo, establece que el impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) debe pagarlo en consumidor. Así, según ha informado la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) a sus afiliados o clientes, tras este cambio en la jurisprudencia los gastos de la firma de hipoteca que el comprador puede reclamar por vía judicial son: gastos de notaría por la escritura del préstamo hipotecario, gastos de inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad, la tasación del inmueble "necesaria para la concesión del préstamo hipotecario" y los gastos de gestoría que las entidades (bancarias) imponen por la tramitación del préstamo".

La OCU explica que el Tribunal Supremo (TS) ha variado ahora su criterio sobre el impuesto de AJD basándose en sentencias sobre materia administrativa y en normativa fiscal. Pero, basándose en la sentencia anterior (la de 2015) insiste en que los ciudadanos puede reclamar por los demás gastos, declarados como "abusivos" por el TS. Además, calcula que por una hipoteca de 150.000 puede exigirse el cobro de más de 1.500 euros, repartidos de forma aproximada (porque cada hipoteca y banco fija gastos diferentes) en 600 euros de notaría, 200 de registro, 350 de tasación y unos 400 de gestoría.

Según una información publicada por la OCU, existe la posibilidad de reclamar los gastos directamente al banco, aunque la organización de consumidores aclara que las entidades financieras no suele devolver la totalidad de los gastos que se podrían exigir por la vía judicial.

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Los gastos de la hipoteca que se pueden reclamar.
Los gastos de la hipoteca que se pueden reclamar. LP

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